CONVOCATORIA A COBERTURA DE CARGOS DEL PROGRAMA “EDUCACIÓN PROFESIONAL SECUNDARIA”

CONVOCATORIA A COBERTURA

DE CARGOS DEL PROGRAMA

“EDUCACIÓN PROFESIONAL SECUNDARIA”

Cobertura por  Proyectos Pedagógicos

ver Resolución RESFC-2022-1873-GDEBA-DGCYE

de la Educación Profesional Secundaria,

del Distrito LOBOS

Para la EEST 1

  • CIENCIAS NATURALES
  • CIENCIAS SOCIALES
  • MATEMATICA
  • PRACTICAS DEL LENGUAJE
  • COORDINADOR/A
  • INSTRUCTOR DE FORMACION PROFESIONAL (AUTOMOTRIZ, RECORRRIDO- ENCENDIDO E INYECCION

Para la EESA 1

  • CIENCIAS NATURALES
  • CIENCIAS SOCIALES
  • MATEMATICA
  • PRACTICAS DEL LENGUAJE
  • COORDINADOR/A
  • INSTRUCTOR DE FORMACION PROFESIONAL(ACTIVIDADES AGROPECUARIAS),

 

CRONOGRAMA DE ACCIONES

Del 26/09 al 29/09 inclusive: Convocatoria a Presentación de Proyectos, Difusión y notificación docente.

Del 30/09 al 6/10 inclusive: Presentación de Antecedentes y Proyectos Pedagógicos vía SAD

NUEVO CRONOGRAMA ampliado

Del 11/10 al 17/10 inclusive: Presentación de Antecedentes y Proyectos Pedagógicos vía SAD

Los interesados deberán inscribirse en el link

(Disponible según el cronograma de Inscripción)

EN LOBOS en el siguiente formulario

https://forms.gle/LXeur5NsVN9T1wgw5

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

una vez completaste el formulario con tus datos, al pie, encontraras la opción

para adjuntar la documentación escaneada

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

 

A partir del 24/10: Entrevistas  en EESA N°1 / EEST N°1

 

Los interesados deberán adjuntar

  • ANEXO 2 planilla de inscripción Disp 2-22-6-7
  • Antecedentes: antecedentes profesionales completos (curriculum vitae), incluyendo títulos y certificaciones, fotocopia del Documento Nacional de Identidad
  • Proyectos Pedagógicos: Proyecto de Plan de Trabajo Formativo conforme a perfiles y funciones

Las instancias de evaluación serán:
● Antecedentes Personales y Profesionales,
● Proyecto de Plan de Trabajo Formativo,
● Entrevista y defensa

Las/os aspirantes deberán presentar, en el momento de la inscripción:
● Un Proyecto de Plan de Trabajo Formativo conforme a perfiles y funciones
establecido en el Anexo III de la presente Resolución de la Educación Profesional
Secundaria convocada.
● Sus antecedentes profesionales completos (curriculum vitae), incluyendo títulos y certificaciones, fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Esta documentación deberá formar parte del legajo en copias autenticadas por la autoridad interviniente, acompañando la planilla de inscripción.

Normativa

CONVOCATORIA INSTRUCTOR DE FORMACION PROFESIONAL (AUTOMOTRIZ. RECORRIDO-ENCENDIDO E INYECCIÓN) EPS

CONVOCATORIA INSTRUCTOR DE FORMACION PROFESIONAL(ACTIVIDADES AGROPECUARIAS) EPS(1)

CONVOCATORIA MATERIA CIENCIAS NATURALES- EPS

CONVOCATORIA MATERIA CIENCIAS SOCIALES- EPS

CONVOCATORIA MATERIA MATEMATICA- EPS

CONVOCATORIA MATERIA PRACTICAS DEL LENGUAJE- EPS

CONVOCATORIA MATERIA CIENCIAS NATURALES- EPS

CONVOCATORIA MATERIA CIENCIAS SOCIALES- EPS

CONVOCATORIA MATERIA MATEMATICA- EPS

CONCONVOCATORIA MATERIA PRACTICAS DEL LENGUAJE- EPS

CONVOCATORIA CARGO COORDINADOR EESAN°1 EPS(1)

CONVOCATORIA CARGO COORDINADOR EESTN°1 EPS

CONSULTAS: jd061@abc.gob.ar

Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

Prof. Lucrecia Arijó – SAD – Lobos – Región 24

 

Nuevos programas

Para el nivel Inicial

Programa Especial de Intensificación y Articulación de Trayectorias Educativas (Res. 2142/22), 

Para el nivel Primario

Programa de Fortalecimiento de los Aprendizajes (Res. 2275/22)

Para el nivel Secundario

Programa de Acompañamiento Institucional de Trayectorias Educativas (Res. 2143/22)

 

¡¡¡CARGOS YA PUBLICADOS EN APD!!!

CIERRE DE POSTULACIONES APD 

LUNES A VIERNES HABILES A LAS 10.00 HS

FILTRANDO POR LOBOS Y EN ESTADO PUBLICADA

http://servicios.abc.gov.ar/actos.publicos.digitales/

PROGRAMA ESPECIAL DE INTENSIFICACIÓN Y ARTICULACIÓN DE TRAYECTORIAS EDUCATIVAS ENTRE EL NIVEL INICIAL Y PRIMARIO Programa especial de intensificación y articulación de trayectorias educativas entre el Nivel Inicial y Primario

RESOLUCION 2142/2022 

ARTÍCULO 2°: Determinar que el mencionado Programa se desarrollará desde el 1 de septiembre y hasta el 31 de octubre de 2022 para niñas y niños de 5 años cuyos jardines tengan módulos
presenciales FORTE asignados para implementar la propuesta pedagógica que como IF-2022-24362742-GDEBA-DPEINDGCYE e IF-2022-24356516-GDEBA-SSPDGCYE anexo I y II, forman parte
de la presente.

ARTICULO 4°: Determinar que la asignación de los módulos a cargo de maestras y maestros se realizará conforme al procedimiento detallado en el IF-2022-8962401-GDEBA-SSEDGCYE de la
Resolución conjunta 446_2022 y el IF-2022-24362643-GDEBA-DPEINDGCYE que como Anexo III forma parte de la presente

RESOC-2021-3206-GDEBA-DGCYE

IF-2021-26035404-GDEBA-SSEDGCYE (1)

PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE
LOS APRENDIZAJES PARA EL NIVEL PRIMARIO

RESOLUCION 2275/22

ARTÍCULO 2o: Determinar que las actividades del programa se desarrollarán desde el 15 de septiembre al 31 de Diciembre de 2022 de acuerdo a la propuesta pedagógica detallada en el IF 2022-24367535-GDEBA-DPEPRIDGCYE que, como ANEXO I forma parte de la presente.

ARTÍCULO 3°: Disponer que el presente Programa será de implementación en las escuelas de nivel primario de gestión estatal de acuerdo a los alcances establecidos en el IF 2022-24356477-GDEBA-SSPDGCYE incorporado como ANEXO II a esta Resolución.

ARTÍCULO 4°: Determinar la creación del cargo de maestra/o de intensificación de aprendizajes para aquellas escuelas primarias de gestión estatal que, según la metodología para la asignación de los cargos descripta en el Anexo II, desarrollen acciones de fortalecimiento de los aprendizajes, con una dedicación de 20 horas
semanales que deberán cumplimentarse los días sábados obligatoriamente, y de lunes a viernes durante la jornada escolar de las y los estudiantes y/o a contra turno, de acuerdo a las necesidades institucionales y a la propuesta pedagógica detallada en el IF 2022-24367535-GDEBA-DPEPRIDGCYE.

ARTÍCULO 5°: Determinar la creación del cargo de maestra/o alfabetizador para aquellas escuelas primarias de gestión estatal que, según la metodología para la asignación de los cargos descripta en el Anexo II,desarrollen acciones de Intensificación de la alfabetización en primero y segundo ciclo con una dedicación de
20 horas semanales trabajando con docentes y estudiantes, durante la jornada habitual y/o en turnos rotativos

ARTÍCULO 6° Establecer que la remuneración de aquellas/os docentes a quienes se les asignen los cargos mencionados en los artículos 4° y 5° de la presente, percibirán como contraprestación la suma equivalente a la prevista para el cargo de MAESTRA/O DE GRADO (MG), reconociendo la antigüedad docente y sin aplicarse
las bonificaciones específicas por el tipo de establecimiento.

ARTÍCULO 7° Determinar que los criterios para el acceso a los cargos quedan definidos en el IF 2022-24365117-GDEBA-SSAYRHDGCYE que como Anexo III forma parte de la presente Resolución.

IF-2022-24365117-GDEBA-SSAYRHDGCYE

IF-2022-24356477-GDEBA-SSPDGCYE

IF-2022-24367535-GDEBA-DPEPRIDGCYE

RESOC-2022-2275-GDEBA-DGCYE

Programa de acompañamiento institucional de​ ​trayectorias educativas e intensificación de la enseñanza en escuelas secundarias de gestión estatal​ incluyendo las modalidades: Técnica, Agraria y las Especializadas en A

RESOLUCION 2143/2022 

ARTÍCULO 3° .- Crear, en el marco de este Programa, el cargo de Coordinadora/r Institucional de Trayectorias Educativas, quien desarrollará sus actividades conforme la propuesta pedagógica
dispuesta en el IF-2022-24485186-GDEBA-DPESECDGCYE que como Anexo I forma parte de la presente resolución. El/la Coordinadora/r de trayectorias educativas desempeñará su tarea con una carga horaria de veinte (20) horas semanales siendo su remuneración la equivalente a la prevista para el cargo de MAESTRA/O DE GRADO (MG), reconociendo la antigüedad docente y sin aplicarse las bonificaciones específicas por el tipo de establecimiento.

ARTÍCULO 4° .- Asignar a los establecimientos educativos la cantidad de cargos de coordinadora/r Institucional de Trayectorias Educativas que resulte de la aplicación de la metodología de cálculo
establecida en el IF-2022-24356488-GDEBA-SSPDGCYE, que como Anexo II, se incorpora a la presente.

ARTÍCULO 5°.- Disponer que el proceso de selección de el/la Coordinador/a Institucional de Trayectorias Educativas se ajustará a las pautas establecidas en el Anexo III,                                                             que como IF-2022-24371694-GDEBA-DPESECDGCYE forma parte integrante de la presente

ARTÍCULO 9° .- Establecer que los criterios para la designación de docentes con MÓDULOS PRESENCIALES FORTE se realizarán conforme lo establecido en el IF-2022-24365116-DEBASSAYRHDGCYE, que como Anexo IV forma parte de la presente Resolución.

La asignación de módulos podrá realizarse en los términos del artículo 9º inciso a) b) y c) de la Resolución Nº 417/21 en el mismo establecimiento; o por Acto Público Digital, conforme el procedimiento aprobado mediante la Resolución Nº 3226/21 de la
Dirección General de Cultura y Educación.

R417/21 – ARTÍCULO 8º: Establecer que se podrá designar en los MÓDULOS PRESENCIALES DE FORTALECIMIENTO DE LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS a docentes que cumplan los siguientes requisitos:
a. Tener el perfil específico de acuerdo a los saberes prioritarios y nivel de enseñanza a fortalecer.
b. No tener, en todos sus desempeños activos, más de UN (1) CARGO (jornada simple o extendida) o CATORCE (14) MODULOS o su equivalente en cargos y módulos. 
c. No superar, en todos sus desempeños activos, con la nueva designación ni con otras que tome con posterioridad y en forma simultánea DOS (2) CARGOS o VEINTIOCHO (28) MODULOS.
d. Ser menor de 59 años y 6 meses.
e. Tener condiciones de salud para realizar actividades presenciales no estando alcanzado por los grupos de riesgo establecidos por la Resolución Nº207/2020 del Ministerio de Trabajo de la
Nación y, complementariamente, la Resolución Nº 90/2020 del Ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires.
A los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Apartado e) del presente artículo deberá presentar una Declaración Jurada de Salud que se ajunta como Anexo IV (IF-2021-02462296-GDEBADPGRHDGCYE) al momento de la postulación y deberá verificarse su situación de revista en el SISTEMA UNICO DE NOVEDADES DE AGENTES (SUNA) y en el SISTEMA DE RECURSOS HUMANOS (HOST).

R417/21 – ARTÍCULO 9º: Establecer que la priorización en la designación de los MÓDULOS PRESENCIALES DE FORTALECIMIENTO DE LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS, de quienes cumplan con lo establecido en el artículo 8º, se realizará:
a. En primer término a los y las docentes del establecimiento educativo que cumplan los requisitos del artículo 8º y se postulen para ello. Cuando haya múltiples postulantes para el
mismo perfil se priorizará por mayor carga horaria afectada al establecimiento siempre dentro del cumplimiento de los requisitos (b) y (c). A igualdad de carga horaria, el o la docente de mayor
puntaje.
b. En caso que las actividades no puedan ser cubiertas por docentes del establecimiento educativo, se cubrirán a través de convocatorias por Acto Público Digital.
A tal fin se elaborará un Listado Especial para la posible cobertura de estos cargos por aquellos docentes que no estén inscriptos en los Listados Oficiales 2021. Será requisito para la inscripción en el
Listado Especial tener por lo menos aprobadas el CINCUENTA PORCIENTO (50%) de las materias de la formación docente.
A los fines de la selección de postulantes del Listado Especial se priorizará en su selección a los y las estudiantes hayan participado del PROGRAMA DE ACOMPAÑAMIENTO A LAS TRAYECTORIAS Y LA REVINCULACION (ATR) creado por la Resolución Nº 1819/2020 de la Dirección General de Cultura y Educación

RESOC-2021-417-GDEBA-DGCYE y Anexos correspondientes ” “CREACIÓN PROGRAMA ESPECIAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS DE LAS Y LOS ESTUDIANTES BONAERENSES (FORTE)”

 

 

 

 

 

DUDAS DEL RESULTADO DEL MAD 2022/2023

¿DUDAS DEL RESULTADO

DEL MAD 2022 2023?

Si sos docente TITULAR, te desempeñas en el Distrito de LOBOS,

y tenes dudas de los RESULTADOS del movimiento anual docente

completa el siguiente formulario de CONSULTAS DE MAH Y AH

Entre el 13/09/22 al 30/09/22 se va a estar poniendo en contacto con vos algunos de los chicos de SAD

  • Fernanda Roffi
  • Martita Mastandrea
  • Ines Moneta
  • Magalí Arijó
  • Federico Belossi
  • Eliana Mendez

Podemos comunicarnos fuera de los horarios de atención de la oficina, para garantizar la respuesta a todos aquellos que tengan dudas

RECORDA QUE

HASTA EL DÍA 30/09/2022

es la RECEPCIÓN de RECLAMOS

al MAD OTORGADO

Saludos

Lucrecia

PUBLICACIÓN RESULTADOS MAD 2022/2023

Secretaría de Asuntos Docentes de Lobos informa que los resultados del MAD 2022-2023 se encontrarán publicados y para su notificación en los correos consignados por los solicitantes en anexos 4 y 5

NOTIFICACIÓN por correo electrónico, se han enviado la totalidad de los enlaces 

Según el Anexo que obra en la Disposición 22/2022

13/09/22 al 30/09/22
Notificación del resultado del tratamiento del MAD,
efectuado por los Tribunales Descentralizados y
Tribunales Centrales. 

13/09/22 al 30/09/22
Recepción de reclamos de MAD 

14/09/22 al 30/09/22
Recepción de renuncias al MAD otorgado, enviar un correo a madsad061@abc.gob.ar

Comunicar a los servicios educativos la finalización del tratamiento del MAD y el resultado del mismo

Según Disposición 17/2020 1.1 f

– Exhibir durante el plazo de 5 (cinco) días los listados con el resultado del MAD –

– La sola exhibición de los Listados dará por cumplida la notificación –

Archivos para descargar con los resultados

EDUC. TECNICO PROF. 2022 LOBOS

EDUC. PSICOLOGIA 2022 LOBOS

EDUC. INICIAL 2022 LOBOS

EDUC. FISICA 2022 LOBOS

EDUC. ESPECIAL 2022 LOBOS

EDUC. ADULTOS 2022 LOBOS

EDUC. ARTISTICA 2022 LOBOS

EDUC. SECUNDARIA 2022 LOBOS

EDUC. PRIMARIA 2022 LOBOS

EDUC TECNICO PROF 2022 LOBOS

EDUC SECUNDARIA 2022 LOBOS

Para presentar recursos para elevar al TD 24 enviar un correo a madsad061@abc.gob.ar

VACANTES DE MAD

https://docs.google.com/spreadsheets/d/1v4cLuEUTzDVL1BGBgeqLdxY6cVXNRnDW38OX4u6pS0o/edit?usp=sharing

CONSULTAS:   madsad061@abc.gob.ar

Prof. Lucrecia Arijó – SAD – Lobos – Región 24