04/04 al 03/06
Difusión de cronogramas y comunicación conjunta sobre pautas y procedimientos para realizar inscripciones de Ingreso a la Docencia 2022-2023 (autogestión)
INGRESO A LA DOCENCIA 2025 LISTADO OFICIAL 2026 * IID 2025 – LOF 2026
04/04 al 03/06
Difusión de cronogramas y comunicación conjunta sobre pautas y procedimientos para realizar inscripciones de Ingreso a la Docencia 2022-2023 (autogestión)
INGRESO A LA DOCENCIA 2025 LISTADO OFICIAL 2026 * IID 2025 – LOF 2026
Nuevo instructivo de Mis Licencias
En el mismo, podrán encontrar toda la información necesaria, tanto para el uso de la plataforma, como así también de las licencias que deben solicitarse por otros medios y que se llevan a cabo en la Dirección de Calidad Laboral y Medio Ambiente del Trabajo.
El instructivo se encuentra también disponible en el portal ABC, donde las y los agentes podrán descargarlo:
Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos, a pedido de la Inspectora de Secundaria Agraria, Prof. Eugenia Berrueta llama a inscripción para la confección de listados de emergencia para módulos de BIOLOGÍA Y GANADERIA de Dirección de Educación Agraria por Disposición 19/14 DPETP
EESA N°1
CRONOGRAMA PREVISTO
Los interesados deberán inscribirse en el link
(Disponible según el cronograma de Inscripción)
https://forms.gle/aVXeWMxjNdaGCXVx9
Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.
Una vez completado el formulario con tus datos, al pie, encontrarás la opción
para adjuntar la documentación escaneada
NO TE OLVIDES DE AGENDARLO
En los distritos en que no sea viable el registro de los títulos, por encontrarse cerrado el Consejo Escolar correspondiente, se considerará a todos los efectos la Declaración Jurada del docente.
Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento,
si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con
carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el
contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo
para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se
encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.
Prof. Lucrecia Arijó – SAD – Lobos – Región 24
PAD 2022
SOLO PERSONAL TITULAR
Procedimiento para la notificación del
Puntaje Anual Docente 2022
El Puntaje Anual Docente (PAD) 2022, se visualizará en la Página ABC (www.abc.gob.ar)
desde el 4 de mayo de 2022
hasta el 18 de mayo 2022 a las 12 Hs.
ingresando al Espacio Web SERVADO
PAD
Durante el período establecido, los/las docentes deberán ingresar con el usuario de ABC –SERVICIOS para validar su identidad.
En el espacio web SERVADO PAD, podrán visualizar el PAD 2022 y de ese modo se dará por notificado del mismo.
La acción de verificar el PAD 2022 es obligatoria para todos/as los/las docentes titulares de la gestión estatal que pertenecen al sistema educativo de la Provincia de Buenos Aires dependiente de la DGCyE.
Visualizado el PAD 2022 en el portal ABC, el/la docente podrá hacer uso del derecho a recurrir el puntaje cuando se encuentre disconforme con el PAD notificado o en caso de verificar alguna omisión del mismo.
Podrá, entonces, desde el mismo Espacio Web, manifestar su disconformidad mediante el botón 
denominado RECURRIR PUNTAJE, quedando el mismo identificado como RECURRIDO en el SERVADO PAD.
Si Usted considera que debe tener PAD 2022 o el que ve no es el correcto, utilice el Botón .
Si recurre su puntaje, por inclusión total, parcial o por rectificaciones, deberá enviar en formulario a la SAD de LOBOS que corresponda, en el que deberá indicar el motivo de su disconformidad y adjuntar las probanzas.
A los fines de interponer el recurso
en LOBOS,
el/la docente, deberá completar el siguiente formulario
https://forms.gle/gf2mwLDQo71AjTP19
Los recursos de revocatoria podrán ser recepcionados por las Secretarías de Asuntos Docentes (vía form) hasta diez (10) días hábiles posteriores a la finalización del período de exhibición, siempre que el/la docente hubiera recurrido su PAD 2022, dentro del período de exhibición, en el portal SERVADO PAD 2022.
En el apartado específico en el formulario (EXPLIQUE BREVEMENTE), deberá indicar con claridad el motivo de la disconformidad y será necesario que adjunte la planilla de reclamo PAD 2022, (enviar en formato excel que se adjunta) junto a las probanzas -digitalizadas- que respalden su petición, a fin de que sean consideradas, conforme lo establece la Ley 10579, Cap. X y el artículo 52° del Decreto 2485/92 modificado Decreto 441/95.
La respuesta al recurso, será notificada al/la docente mediante el envío de un correo electrónico a la casilla @abc. Asimismo, se publicará la rectificación del PAD que eventualmente corresponda, en el Espacio Web SERVADO PAD donde podrá ir verificando el PAD rectificado.
En caso de que el/la docente continúe en disconformidad se obrará de acuerdo a lo establecido en la Ley 10579, Cap. XXIV.
Transcurrido el período indicado en el primer párrafo, el PAD 2022 correspondiente al/la docente que no hubiese planteado disconformidad y actuado de acuerdo a lo expresado en los párrafos precedentes, es decir, que no haya interpuesto recurso, tendrá por firme y consentido el PAD 2022 notificado a través del portal.
Las SAD deberán difundir por todos los medios de comunicación disponibles el período de notificación y presentación de recursos al PAD 2022.
Los equipos directivos de los establecimientos educativos deberán poner en conocimiento el procedimiento de notificación de PAD 2022 a todos los/las docentes titulares del establecimiento a cargo.
CRONOGRAMA ACCIÓN PERIODO INTERVENCIÓN
Exhibición del PAD 2022 y/o presentación de recursos de revocatoria
4/5/2022 al 18/5/2022 a las 12 hs.
Docentes en Página ABC (www.abc.gob.ar) ingresando
al Espacio Web SERVADO PAD
Respuestas a recursos de revocatoria A partir del 18/5/2022
En la medida que los/las docentes se notifiquen y recurran el PAD 2022 dentro del periodo de notificación, se podrá proceder a responder el recurso de revocatoria.
“Recordar que es hasta diez (10) días hábiles posteriores a la finalización del período de exhibición, siempre que el/la docente hubiera recurrido su PAD 2022, dentro del período de exhibición, en el portal SERVADO PAD 2022″
Prof. Lucrecia Arijó – SAD – Lobos – Región 24
REGISTRO DE TITULOS
PARA INSCRIPCIONES
Ley 10579 – ARTICULO 60 H
El Director General de Cultura y Educación, a propuesta de la Subsecretaría de Educación, dictaminará sobre el reconocimiento de cursos, seminarios o equivalentes y establecerá las formalidades a
cumplimentar para solicitar el reconocimiento.
Todos los títulos y certificados que el Docente posea, deberán registrarse en la Dirección General de Cultura y Educación a los efectos de su valoración para el ingreso y/o para la carrera Docente.
La Comisión Permanente de Estudio de Títulos elaborará un nomenclador de títulos y certificados habilitantes y bonificantes para cada uno de los cargos de base y área de incumbencia en los que pueda realizarse el ingreso, deberá ser actualizado al 31 de diciembre de cada año
Los títulos se registran en el consejo escolar
¿Dónde queda el consejo escolar de Lobos?
https://goo.gl/maps/HGByYrrfZeKGBuMAA
saca turno para el registro de títulos por correo:
ce061@abc.gob.ar
TIPOS DE SELLOS EN LOS REGISTROS
REGISTRADO BAJO DNI Nº XX.XXX.XXX
ANOTADO EN FICHA DE ANTECEDENTES XX.XXX.XXX
Si tenemos dudas, nos estaremos comunicando desde
Prof. Lucrecia Arijó – SAD – Lobos – Región 24
Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos, a pedido de la Inspectora de Educación Secundaria Técnica Prof. Isabela Bonaccio llama a inscripción para la cobertura de módulos por proyecto pedagógicos de las siguientes materias que se encuentran comprendidos en la Disposición N°2 /12 de las Subsecretarías de Gestión Educativa y Educación y que se detallan a continuación
SEGURIDAD HIGIENE Y PROTECCIÓN AMBIENTAL
TECNICATURA: TECNICO EN ELECTROMECANICA
AÑO Y DIVISION: 7° AÑO UNICA DIVISION
CARGA HORARIO: 2 MODULOS
JURADO TITULAR: IET R24BONACCIO ISABELA, DIR. DE PAULA CLAUDIO
JEFE DE AREA RUBEN REGINA RENZI MARTIN
JURADO SUPLENTE: IET R18LOSCALZO NESTOR, DIR TENCA LAURA, DOCENTE ROLANDO MARIANA, DOCENTE LABOLLOTA JAVIER
CRONOGRAMA DE ACCIONES
Convocatoria a Presentación de Proyectos,
difusión y notificación docente.: 11/04/2022 AL 18/04/2022
Inscripción en las Secretarías de Asuntos
Docentes, presentación de antecedentes y Proyectos Pedagógicos: 19/04/2022 AL 25/04/2022
Entrevista, en https://meet.google.com/hgz-zsgu-vgp a las 14 hs. 1° DÍA HÁBIL A PARTIR DEL 06/05/2022
PROYECTO Y DISEÑO DE INSTALACIONES ELECTRICAS
TECNICATURA: TECNICO EN ELECTROMECANICA
AÑO Y DIVISION: 7° AÑO UNICA DIVISION
CARGA HORARIO: 4 MODULOS
JURADO TITULAR: IET R24BONACCIO ISABELA, DIR. DE PAULA CLAUDIO
JEFE DE AREA RUBEN REGINA, DOCENTE ANGELANI NESTOR
JURADO SUPLENTE: IET R18LOSCALZO NESTOR, DIR TENCA LAURA, DOCENTE ROLANDO MARIANA, DOCENTE: MANZIONE JORGE
CRONOGRAMA DE ACCIONES
Convocatoria a Presentación de Proyectos,
difusión y notificación docente.: 11/04/2022 AL 18/04/2022
Inscripción en las Secretarías de Asuntos
Docentes, presentación de antecedentes y Proyectos Pedagógicos:19/04/2022 AL 25/04/2022
Entrevista, en https://meet.google.com/hgz-zsgu-vgp a las 14 hs. 1° DÍA HÁBIL A PARTIR DEL 06/05/2022
Los interesados deberán inscribirse en el link
(Disponible según el cronograma de Inscripción)
https://forms.gle/YSRJkaNa18MaiA5K9
Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.
Una vez completaste el formulario con tus datos, al pie, encontrarás la opción
para adjuntar la documentación escaneada
Los interesados deberán presentar:
NO TE OLVIDES DE AGENDARLO
La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del En los distritos en que no sea viable el registro de los títulos, por encontrarse cerrado el Consejo Escolar correspondiente, se considerará a todos los efectos la Declaración Jurada del docente.
Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento,
si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con
carácter definitivo sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el
contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo
para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se
encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.
Prof. Lucrecia Arijó – SAD – Lobos – región 24