TRÁMITE DE LICENCIA POR ENFERMEDAD GESTION ESTATAL – del personal docente (art.114 inc.A de la Ley 10579) y del personal auxiliar (art.49 de la Ley 10430).
El personal docente y auxiliar de la DGCyE, para la comunicación efectiva del inicio de las licencias médicas propias, deberá crear una solicitud en la plataforma Mis Licencias, OBLIGATORIAMENTE en el curso del día en que se produce la incapacidad laboral por causa de enfermedad y como límite antes del horario de prestación de servicios.
Modalidad de solicitud con documentación médica:
El personal docente o auxiliar de la DGCyE, que tenga la certificación médica para acreditar incapacidad laboral para el desempeño de su cargo, debe gestionar una solicitud en la
plataforma Mis Licencias de la forma habitual y guardar reposo absoluto en el domicilio, a la espera del dictamen médico que se emita en auditorías virtuales o presenciales.
Modalidad de solicitud sin documentación médica:
Cuando personal docente o auxiliar de la DGCyE, presuma no tener salud óptima para el desempeño de su cargo, por aparición de síntomas de enfermedad y que al inicio de su jornada laboral no haya conseguido tener una consulta médica particular y su respectivo
certificado para acreditar causal de licencia médica; IGUALMENTE podrá gestionar una solicitud en la plataforma Mis Licencias, a CONDICIÓN de completar la documentación faltante hasta el día siguiente a la fecha de inicio de su inasistencia.
En estos casos, al no contar con un diagnóstico confirmado, se elegirá la opción “INICIO LICENCIA SIN CERTIFICADO”, y la plataforma Mis Licencias por defecto completará la duración inicial por UN (1), asignando número ID a la solicitud y la NOTIFICACIÓN de los requisitos a completar para dejar firme el trámite y según corresponda, proseguir con la fiscalización mediante auditorías virtuales o presenciales que emitan el dictamen médico definitivo.
Tendrá como tiempo límite hasta el día siguiente, para agregar en la solicitud creada en la plataforma Mis Licencias el certificado y estudios complementarios, de ser necesarios habilitando el campo para seleccionar el diagnóstico acorde al certificado emitido por el
médico particular y de corresponder pueda rectificar la cantidad de días de licencia que corresponda al diagnóstico indicado por su médico. Independientemente la plataforma Mis Licencias podrá determinar una cantidad de días distintos, según el Tiempo Mínimo de Recuperación establecido para un reintegro seguro y efectivo.
Cumplidas dos (2) días desde el INICIO de una solicitud creada en la plataforma Mis Licencias con el diagnóstico temporal “INICIO LICENCIA SIN CERTIFICADO”, y si no se completan los requisitos de certificación de causa médica para su inasistencia, la solicitud de licencia será dejada sin efecto, quedando los días sin justificar por parte de calidad laboral.
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