AMPLIACIÓN EMERGENCIA MAESTRO DE GRADO – MG

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos llama a inscripción para la conformación del listado de Emergencia  en la modalidad de Educación Especial de acuerdo a lo que establece la Dispo-53-09-List-Emerg-MG

  • Maestro de Grado MG

Los interesados deberás Inscribirse en el Link

(Disponible según el cronograma de inscripción) 

https://forms.gle/jJEqeHt5Lk2mivv87

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

Una vez completado el formulario con tus datos, al pie, encontrarás la opción

para adjuntar la documentación escaneada

CRONOGRAMA PREVISTO     

Difusión: 13/10/2026 AL 16/10/2026

Inscripción: 19/10/2026 AL 21/10/2026

 

Los interesados deberán presentar:

  • Declaración Jurada FINES-EMERGENCIA
  • DNI
  • Título secundario registrado en consejo escolar
  • Títulos terciarios y/o universitarios (si es que presentan) registrados en consejo escolar
  • Constancia de alumno regular que no exceda los 30 días de antigüedad
  • Formulario 354 con desempeños certificados por autoridad competente FORM-354-antiguedad-2022         

 

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del En los distritos en que no sea viable el registro de los títulos, por encontrarse cerrado el Consejo Escolar correspondiente, se considerará a todos los efectos la Declaración Jurada del docente. Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento,
si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con
carácter definitivo sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

 

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24

RECLAMO PRIMERA INSTANCIA -108 A (AMPLIATORIO), 108 B (COMPLEMENTARIO), LISTADOS 108 A SUPERIOR Y ARTÍSTICA SUPERIOR Y 108 B SUPERIOR Y ARTÍSTICA SUPERIOR

RECLAMO PRIMERA INSTANCIA -108 A (AMPLIATORIO), 108 B (COMPLEMENTARIO), LISTADOS 108 A SUPERIOR Y ARTÍSTICA SUPERIOR Y 108 B SUPERIOR Y ARTÍSTICA SUPERIOR

COMUNICACIÓN CONJUNTA N° 05/2026.

  • Listados 108 A (Ampliatorio)
  • Listados 108 B (Complementario)
  • Listados 108 A. Superior y Artística Superior
  • Listados 108 B. Superior y Artística Superior
  • FINES Listado 1
  • FINES Listado 2
  • Contexto de Encierro Listado 1
  • Contexto de Encierro Listado 2;

Importante:

Cuando no esté conforme con algún dato del Puntaje de Ingreso a la Docencia (PID), la/el aspirante podrá interponer su reclamo únicamente VÍA CORREO ELECTRÓNICO:

1– Enviará un correo al Tribunal Descentralizado teniendo en cuenta la región que corresponda al distrito de residencia que figura en el DNI, preferentemente utilizando la cuenta de correo bajo el dominio @abc.gob.ar
Por ejemplo: si la/el aspirante posee residencia consignada en el DNI en el distrito de  Lobos, deberá escribir el correo electrónico al Tribunal Descentralizado24: reclamos108td24@abc.gob.ar

2– La/el aspirante con domicilio en CABA u otras provincias deberá enviar su reclamo de acuerdo al primer distrito solicitado en la inscripción, al Tribunal Descentralizado de la Región correspondiente.
Recepcionados los mismos serán remitidos al Tribunal Descentralizado de intervención a efectos de brindar respuesta.

3– La/el recurrente deberá detallar el motivo de su disconformidad, en el cuerpo del correo electrónico. Se solicita atender a la redacción y ser precisa/o en el reclamo.

4– Se solicita generar un único correo para realizar el reclamo. Esperar la respuesta del Tribunal Descentralizado ya que duplicar el envío de reclamos no beneficia el tratamiento del caso, sino que genera siempre confusión y dilación en la respuesta.

5– El ASUNTO del mail deberá contener los siguientes datos:

DISTRITO de Residencia (de acuerdo al DNI)

APELLIDO Y NOMBRE- DNI-LISTADO/S

Por ejemplo:

LOBOS – PEREZ JUAN – DNI: 20000000 -108B
                                                       o
061- PEREZ JUAN – DNI: 20000000-108 B

6– No deberá adjuntar ningún tipo de documentación ya que la válida es la que la/el aspirante adjuntó al momento de la inscripción.
De acuerdo a lo prescripto en la Ley N° 10.579 y su reglamentación, artículo 63 “…Con posterioridad al período fijado para la inscripción no se aceptarán solicitudes de ingreso modificaciones al pedido original o nueva documentación para agregar a la presentada en
término. La solicitud de ingreso en la docencia tiene carácter de declaración jurada…”

7– Las respuestas a los reclamos serán enviadas al aspirante al correo que utilizó para iniciar el mismo, preferentemente bajo el dominio @abc.gob.ar y dentro del plazo que se detalla a
continuación.

8– Recepción de reclamos: del 13/10/2026 al 06/11/2026.

 

IF-2026-36501183-GDEBA-DTCDGCYE

 

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24

LLAMADO A CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DE CARGO DOCENTE ACOMPAÑANTE DE TRAYECTORIAS DE COORDINADOR/A- PROGRAMA “EDUCACIÓN PROFESIONAL SECUNDARIA”

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos en el marco de la RSC-2024-2106-GDEBA-DGCYE  cumple en dar difusión y convocatoria de aspirantes de Programa Educación Profesional Secundaria para el cargo docente acompañantes de trayectorias de Coordinador/a  para la  sede de la EESTN°1
Cronograma de Acciones    
Fecha Acciones
 

02/10/2026 al 14/10/2026

 

Convocatoria a Presentación de Proyectos, Difusión y notificación docente

 

15/10/2026 al 21/10/2026

 

Inscripción en las Secretarías de Asuntos
Docentes, Presentación de Antecedentes y Proyectos Pedagógicos.

  • Entrevista a partir del 03/11/2026 en MT 01 Lobos

Conformación de Jurado

  • Titulares:
Francisco López (DPETP)
Vanina Altamirano (IE ETP)
Sergio Peredo (DIRECTOR)
Patricio Ramorino (DOCENTE)
  • Suplentes:
Omar Gaitán (DPETP)
Andrés Fernández (IE TECNICA)
Daniela Plana (VICE- DIRECTORA)
Augusto Calandrelli (DOCENTE)

 

Los interesados deberán inscribirse en el link(Disponible según el cronograma de Inscripción)

https://forms.gle/EK9fASDFSxgSf3og7

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

Una vez completado el formulario con tus datos, al pie, encontrarás la opción

para adjuntar la documentación escaneada

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

.Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24

ISFD Y T N° 43 COBERTURA DE MÓDULOS RESOL. N° 6179/25

Secretaría de Asuntos Docentes de Lobos  en el marco de la Resolución N° 6179/25 y Comunicación Conjunta N° 83/25 cumple en dar difusión y convocatoria de aspirantes a la cobertura de las horas y/o módulos del ISFD N° 43

TECNICATURA SUPERIOR EN DESARROLLO DE SOFTWARE

PROFESORADO DE INGLÉS

PROFESORADO DE EDUCACION SECUNDARIA EN HISTORIA

 

Para más información

https://isfdyt43-bue.infd.edu.ar/

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PUBLICACIÓN RESULTADOS MAD 2026/2027

Secretaría de Asuntos Docentes de Lobos publica los resultados del MAD 2026-2027

Según el Anexo que obra en la Disposición 26/2026

A partir del 25/09/2026

  • Notificación del resultado del tratamiento del MAD,
    efectuado por los Tribunales Descentralizados y
    Tribunales Centrales. 

28/09/26  al  05/10/26

  • Recepción de reclamos de MAD 
  • Recepción de renuncias al MAD otorgado, enviar un correo a madsad061@abc.gob.ar

Comunicar a los servicios educativos la finalización del tratamiento del MAD y el resultado del mismo

Según Disposición 13/2024 Anexo 1.1 PAUTAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL MOVIMIENTO ANUAL DOCENTE

– Exhibir durante el plazo de 5 (cinco) días los listados con el resultado del MAD –

– La sola exhibición de los Listados dará por cumplida la notificación –

Estamos a la espera de resultados faltantes de otros tribunales, tanto para el ingreso como para el egreso del distrito.

A medida que vayamos recibiendo nuevos resultados del TD 24 se ira informando por este medio, tengan en cuenta que pueden verse modificaciones en los otorgamientos

Archivo unificado para descargar con los resultados, en solapas de archivos divididos por niveles y/o modalidades :

RESULTADOS :

(061) RESULTADOS MAD 2026_2027 (3)

RECTIFICACION ADULTOS Y CENS 

(061) RESULTADOS MAD 2026_2027 (4)

RECTIFICACION  SECUNDARIA

(061) RESULTADOS MAD 2026_2027 (5)

PRIMARIA Y PRIMARIA ADULTOS:

(061) RESULTADOS MAD 2026_2027 (6)

MAD CARGOS JERARQUICOS :

xxxxxxxxxx

RENUNCIAS AL MAD OBTENIDO:

xxxxxxxxxxx

Normativa: https://www.sadlobos.com/noticias-generales/mad-y-acrecentamiento-2026-2027/

Para presentar recursos para elevar al TD 24 enviar un correo a madsad061@abc.gob.ar

CONSULTAS:   madsad061@abc.gob.ar(061) 

 

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LLAMADO EMERGENCIA ESPECIAL BI 2026

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos llama a inscripción para la conformación del listado de Emergencia  en la modalidad de Educación Especial de acuerdo a lo que establece la:

DI-2022-16702515-GDEBA-DEEDGCYE

IF-2022-15401179-GDEBA-DEEDGCYE

  • BIBLIOTECARIO ESPECIAL  / BI

Los interesados deberás Inscribirse en el Link

(Disponible según el cronograma de inscripción) 

   https://forms.gle/nuQ45KBpFXBJYNPX9

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

Una vez completado el formulario con tus datos, al pie, encontrarás la opción

para adjuntar la documentación escaneada

CRONOGRAMA PREVISTO     

Difusión: 24/09/2026 al 27/09/2026

Inscripción: 28/09/2026 al 30/09/2026

Los interesados deberán presentar:

  • Declaración Jurada FINES-EMERGENCIA
  • DNI
  • Título secundario registrado en consejo escolar
  • Títulos terciarios y/o universitarios (si es que presentan) registrados en consejo escolar
  • Constancia de alumno regular que no exceda los 30 días de antigüedad
  • Formulario 354 con desempeños certificados por autoridad competente FORM-354-antiguedad-2022         

 

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del En los distritos en que no sea viable el registro de los títulos, por encontrarse cerrado el Consejo Escolar correspondiente, se considerará a todos los efectos la Declaración Jurada del docente. Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento,
si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con
carácter definitivo sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

 

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24

AMPLIACION – LLAMADO DIFICIL COBERTURA ARTÍSTICA MPT

Secretaría de Asuntos Docentes de Lobos cumple en convocar a Inscripción de aspirantes para conformar Listado de Difícil Cobertura según disposición 50/2023 de la  Dirección de Educación Artística.

Cargo a Cubrir: 

  • Maestro de Plástica Tridimensional MTP

 

Cronograma

Difusión: 21/09/2026 al 25/09/2026

Inscripción, presentacion de curriculum y propuestas pedagógicas:  28/09/2026 al 30/09/2026

 

Fecha de Entrevista:  a partir del  13/10/2026

Documentación a presentar:

  • Declaración Jurada  FINES-EMERGENCIA 
  •  DNI escaneado
  • Título secundario registrado en el Consejo Escolar
  • Títulos terciarios y/o universitarios (si es que presentan) registrados en consejo escolar,
  • Constancia de alumno regular que no exceda los 30 días de antigüedad y porcentaje de materias actualizada al momento de la inscripción.
  • Copia de cursos, capacitaciones, específicos del cargo/módulos/horas cátedras a las que aspira.
  • Formulario 354 con desempeños certificados por autoridad competente.
  • Propuesta pedagógica, ajustada al Diseño Curricular de la
    disciplina y del nivel para el que se postula.
  • Curriculum vitae

Toda la documentación original escaneada

Los interesados deberán inscribirse en el link

https://forms.gle/9YtHxt4MELJvr5QT6

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

una vez completaste el formulario con tus datos, al pie, encontraras la opción

 

para adjuntar la documentación escaneada

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

 

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

DISPO-2023-50-GDEBA-DEARDGCYE

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24

FINES DEUDORES DE MATERIAS-2da. Etapa Ciclo Lectivo 2026

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos difunde FINES DEUDORES DE MATERIAS-2da. Etapa Ciclo Lectivo 2026

  • Publicación de ofertas:

 Miércoles 16 de septiembre de 2026, a las 12:00 hs

  • Fecha de cierre de postulaciones: 

Viernes 18 de septiembre a las 10:30 hs

En las mismas, los docentes podrán visualizar los puntajes que  corresponden a FINES LISTADO 1 (LISTADO 2026) y FINES LISTADO 2 (LISTADO 2026). En el caso de los Listados de Emergencia para el Nivel Secundario DEJAyAM, los mismos serán verificados por cada Secretaría de Asuntos Docentes al momento de cada designación.

Desarrollo de la cursada:
  • Inicio: 22 de septiembre de 2026
  • Finalización: 23 de noviembre de 2026  

 

 

https://www.sadlobos.com/noticias-generales/fines-2-listado-3-3/

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24

ISFD Y T N° 43 COBERTURA DE MÓDULOS RESOL. N° 6179/25

Secretaría de Asuntos Docentes de Lobos  en el marco de la Resolución N° 6179/25 y Comunicación Conjunta N° 83/25 cumple en dar difusión y convocatoria de aspirantes a la cobertura de las horas y/o módulos del ISFD N° 43

PROFESORADO DE INGLÉS

PROFESORADO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA EN BIOLOGÍA

 

TECNICATURA SUPERIOR EN LABORATORIO DE ANÁLISIS CLÍNICOS

 

PROFESORADO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA EN GEOGRAFÍA

 

PROFESORADO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA EN HISTORIA

 

Para más información

https://isfdyt43-bue.infd.edu.ar/

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24