COMUNICACIÓN CONJUNTA N° 4/2026: Inscripción Listados 2026-2027 Listados 108 A (Ampliatorio) Listados 108 B (Complementario) Listados 108 A Superior y Artística Superior

COMUNICACIÓN CONJUNTA N° 4/2026:

Inscripción Listados 2026-2027
Listados 108 A (Ampliatorio)
Listados 108 B (Complementario)
Listados 108 A Superior y Artística Superior

Consideraciones Generales

– La/el aspirante podrá cumplimentar a través de la plataforma ABC los datos requeridos en la Declaración Jurada Digital, sin necesidad de concurrir a la Secretaría de Asuntos Docentes.

En caso de ingresar en reiteradas oportunidades, será considerado como válido el último ingreso al sistema.
– Todos los archivos que se adjunten deben tener el formato PDF, JPG, para que el aplicativo pueda permitir la carga de los mismos.

– 108 A Nivel Superior y Artística Superior: título docente o título con capacitación docente.
Tener en cuenta que NO se incluyen en estos listados de Nivel Superior y Artística Superior a aquellas/os aspirantes que presenten porcentaje de materias aprobadas siendo requisito poseer título docente habilitante registrado o constancia de título en trámite expedido por la institución que corresponda.

Requisitos para la inscripción a los listados:

Listado Requisitos para la inscripción
 

 

108 A (Ampliatorio)

Corresponde la inscripción a este listado a todas/os las/os
aspirantes que, si bien reúnen las condiciones previstas
para el Listado Oficial de Ingreso a la Docencia (Art. 57
del Estatuto del Docente), no se hubieran inscripto en el
mismo en tiempo y forma, por distintas causales.
Se evalúa con las mismas pautas y condiciones del
Listado Oficial.
 

 

108 B (complementario)

Incluye las/os aspirantes que no reúnen los requisitos para
el Listado Oficial.
Acceden a este listado:
– Aspirantes que posean título de técnico o
profesional siempre que se encuentren en el
nomenclador vigente.
– Aspirantes que posean porcentaje de materias
aprobadas y constancia de alumno regular.
 

108 A Superior y Artística Superior

Aspirantes que posean título docente.
Aspirantes que posean título de profesional o técnica/o
con capacitación docente.

Aclaración importante
De la inscripción al Listado Oficial y al Listado 108 A (Ampliatorio) se desprende la inscripción a los listados “1 de Contexto de Encierro y 1 de FinEs”, siempre que el título habilite para dichos listados.
De la inscripción al Listado 108 B (Complementario) se desprende la inscripción a los listados “2 de Contexto de Encierro y 2 de FinEs”, siempre que el título o porcentaje de materias habilite para dichos listados.

Procedimiento para realizar la inscripción a los listados (carga de datos en la Declaración Jurada de inscripción)

La inscripción al Ingreso a la Docencia se realizará en forma virtual, cumplimentando la Declaración Jurada en línea a través de la plataforma ABC. Para acceder a la misma, deberá:
● Ingresar a menu.abc.gob.ar con su usuario y contraseña y utilizar el aplicativo “Inscripciones y Acciones Estatutarias”.
● También puede acceder desde servicios.abc.gob.ar, una vez dentro, sobre el margen derecho se visualiza “INICIAR SESIÓN” (debe cliquear antes de continuar) finalmente buscar el ícono “Inscripciones y acciones estatutarias”.
● Seleccionar el Listado de Inscripción y cumplimentar la Declaración Jurada en línea para el listado al que desee inscribirse (108 A ampliatorio- 108 B complementario- Listados 108 A Superior y Artística Superior)

1.- DATOS PERSONALES:
Se considerarán los datos informados por la/el aspirante en la Declaración Jurada.
En caso de contar con correo @abc se solicita que lo declare a efectos de agilizar la vía de comunicación, de lo contrario incluir otro de uso corriente.
a) DOMICILIO:
Como domicilio real será considerado el que figura consignado en el DNI (adjuntado por la/el aspirante), de acuerdo con lo establecido en el Art. 60º inc. d) de la Ley N°10.579, Estatuto del Docente, Decretos Reglamentarios y Resolución Nº 784/03.
Adjuntar DNI (frente y dorso) caso contrario no se permitirá continuar con la carga de la declaración jurada de inscripción.

2.- DISTRITOS SOLICITADOS:
Listado Ampliatorio 108 A y Listado 108 A- Superior y Artística Superior:
Se podrán solicitar como máximo tres (3) distritos, incluido o no, el de residencia. Si la/el interesada/o no hubiese consignado ninguno, no podrá continuar con la inscripción.
Listado Complementario 108 B:
Deberá solicitar los distritos de inscripción, incluido o no, el de residencia. Si la/el interesada/o no hubiese consignado ninguno, no podrá continuar con la inscripción.

3.- NIVELES Y/O MODALIDADES SOLICITADAS:
La/el docente será habilitado/a para el ingreso a la docencia en los niveles y/o modalidades de acuerdo al/los título/s que posea teniendo en cuenta el Nomenclador vigente de la DGCyE.

4.- SITUACIÓN DE REVISTA- CARGO TITULAR:
Serán considerados los datos declarados por la/el interesada/o, teniendo especial atención en aquellos casos en que se hubiera modificado su situación de revista (acrecentamiento, titularización interina, renuncia, etc.). Cabe aclarar que se deben declarar/adjuntar los cargos/módulos/horas titulares que posea en cualquier institución educativa de ambas gestiones (estatal y privada).
Podrá adjuntar, acta de toma de posesión – si no la tuviese, deberá presentar nota firmada por personal directivo de la institución donde conste cargo/cantidad de horas cátedra o módulos, fecha de toma de posesión, distrito, escuela.

5.- ANTIGÜEDAD y CALIFICACIÓN:
– Antigüedad: Se procederá a consignar toda la antigüedad (certificada por autoridad escolar) que la/el aspirante declare hasta el ciclo lectivo 2025 (inclusive).
La/el aspirante podrá presentar para acreditar antigüedad el Formulario 354 (que se encuentra disponible en el portal ABC) debidamente cumplimentado, detallando la totalidad de los datos requeridos y con la certificación de la autoridad competente.
Aquellas/os docentes que desempeñan funciones en gestión privada pueden presentar Formulario 354 como también la certificación de servicios emitida por la DGCyE siempre que se determine el cargo/módulos/horas cátedras que desempeña o desempeñó.
Para acreditar correctamente antigüedad en el nivel Superior se recomienda utilizar el formulario que se encuentra en los Documentos del Nuevo SERVADO: https://servado.abc.gob.ar/pid

Desempeño docente modalidad Artisitca terciaria y nivel superior fromato excel. desempe-docente-art-terc-y-sup

– Calificación: se consignarán las calificaciones certificadas con firma y sello de autoridad
competente (SET 4 o copia de PDD o Nota de la Institución Educativa)
correspondientes a los dos (2) últimos años en que haya sido calificada/o la/el
aspirante en el cargo, módulos y/u horas cátedra.
Prestar especial atención en la correcta confección del SET 4 ya que es preciso que se
encuentren completos la totalidad de los datos requeridos para la evaluación del ítem.

6- TÍTULOS HABILITANTES:
Listado 108 A (ampliatorio)
Listado 108 A Superior y Artística Superior
Serán considerados todos los títulos que se encuentren en el nomenclador vigente, el mismo puede ser consultado en la plataforma ABC. (Servicios – Nomenclador de Títulos).

Excepcionalmente se aceptarán constancias de título habilitante en trámite, con un año de vigencia desde el momento de ser expedidas.
La documentación debe ser legible al momento de su evaluación. Se deberán adjuntar títulos y/o constancias en formato PDF o JPG, de lo contrario no permitirá continuar con la declaración jurada de inscripción.

Listado 108 B (complementario):
Los títulos serán considerados de acuerdo a lo explicitado en el punto 6 anterior.
Porcentaje de materias aprobadas/Certificado de alumno regular según corresponda.
Tener en cuenta que las/os estudiantes que poseen porcentaje de materias aprobadas deben presentar obligatoriamente el certificado de alumna/o regular ya que es condición excluyente para efectivizar la inscripción. Las certificaciones deben ser emitidas durante el ciclo vigente, es decir el año 2026.

Adjuntar Títulos/Porcentaje de materias/Certificado de alumno regular en formato PDF o JPG, caso contrario no se le permitirá continuar con su declaración jurada de inscripción.

7.- TÍTULOS Y CURSOS BONIFICANTES:
Para los títulos y cursos bonificantes NO se aceptarán constancias de título en trámite.
Cabe aclarar que en la inscripción al listado 108 B complementario, sólo se evaluarán los títulos bonificantes, no así los cursos.
Los títulos y/o cursos bonificantes podrán ser consultados en Nomenclador de Títulos en Servicios ABC.

PAUTAS PARA LA RECTIFICACIÓN DE DATOS EN LA INSCRIPCIÓN

Listado 108 A Superior y Artística Superior
La/el aspirante que deba realizar la rectificación de autogestión al Ingreso a la Docencia
Listado 108 A Superior y Artística Superior la realizará de la siguiente manera:
● Podrá rectificar los datos que no acepte en el proceso de inscripción y adjuntar las probanzas correspondientes a efectos de ser considerados.
● Deberán ingresar a cargar los datos de la declaración jurada validando los que estén de
acuerdo y consignando la opción NO en los ítems que deseen rectificar.
● Finalizado este proceso deberán ingresar nuevamente para cargar la documentación
correspondiente a los ítems con los que no están de acuerdo ya que el sistema los habilitará para subir archivos en cada paso donde haya seleccionado la opción NO está de acuerdo con los datos consignados.
Consideraciones para las/los aspirantes:
● Cumplimentada la Declaración Jurada por la/el aspirante, el sistema generará un comprobante de inscripción y le permitirá visualizar lo declarado.
● Se recomienda revisar los archivos adjuntos en la última versión que se envíe definitivamente, ya que la/el aspirante es la/el única/o que tiene la posibilidad de quitar o agregar archivos en el aplicativo, esto evitará omisiones y/o errores en la carga de datos.
● Se sugiere usar el navegador Google Chrome, para utilizar la aplicación.

Cronograma de Acciones

Acción Período
Difusión de pautas y cronograma
Inscripción 2026
– Listado 108 A (Ampliatorio) (incluye Fines
1 y Contexto de encierro 1)
– Listado 108 B (Complementario) (incluye
Fines 2 y Contexto de encierro 2)
– Listado 108 A Superior y Artística Superior
 

3/08/2026 al 4/09/2026

Carga de antecedentes según
Declaración Jurada
7/09/2026 al 9/10/2026
Exposición de listados 13/10/2026 al 23/10/26
Recepción de reclamos en primera
instancia y remisión a los Tribunales
Descentralizados correspondientes.
Tratamiento de reclamos en primera instancia
y/o presentaciones.
 

13/10/2026 al 06/11/2026

Recepción de reclamos en segunda
instancia.
A partir de la notificación de
la respuesta al reclamo en
primera instancia.
Tratamiento de reclamos en
Segunda instancia.

IF-2026-26974090-GDEBA-DTCDGCYE (1)

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24

RECLAMO DE PRIMERA INSTANCIA LISTADO OFICIAL 2026-2027 – COMUNICACIÓN CONJUNTA N ° 03/2026

COMUNICACIÓN CONJUNTA N ° 3/2026

RECLAMO DE PRIMERA INSTANCIA

LISTADO OFICIAL 2026-2027

Consideraciones generales

El ingreso a la docencia en la provincia de Buenos Aires se encuentra regulado por la Ley N º 10.579 (Estatuto del Docente), que establece que el acceso a los cargos de base, a los módulos y a las horas cátedra se realiza mediante concursos de títulos y antecedentes, respetando el orden de mérito elaborado por los Tribunales de Clasificación. La evaluación de los antecedentes y la conformación de los listados garantizan los principios de igualdad y transparencia en el acceso a la carrera docente. Asimismo, el artículo 63 dispone que la inscripción para el ingreso a la docencia se efectuará anualmente, constituyendo el procedimiento mediante el cual las/os aspirantes incorporan sus antecedentes para integrar los registros correspondientes.

Una vez finalizada la instancia de carga de antecedentes correspondientes a la Declaraciones Juradas y publicados los listados, la/el aspirante deberá buscar el Puntaje de Ingreso a la Docencia (PID) 2027:

1- Ingresá en el espacio Nuevo SERVADO:

2- Ingresá en PID:

3- Seleccioná tipo de listado (Listado Oficial), año y colocá tu DNI:

4- Explorá tu oblea y verificá tu Puntaje de Ingreso a la Docencia (PID) teniendo en cuenta lo normado en el Art. 60 de la Ley N° 10579.

5- Consultá el siguiente cuadro resumen para verificar tu PID:

6- Si estás en desacuerdo con tu PID, publicados los listados de ingreso, se habilita la instancia de reclamos, que constituye una garantía para las/os aspirantes, permitiéndoles solicitar la revisión de la valoración de títulos y antecedentes, la corrección de errores materiales o la rectificación de su puntaje y orden de mérito. Este procedimiento fortalece la transparencia y la legitimidad del proceso de clasificación, asegurando que las designaciones se efectúen conforme a los criterios estatutarios y respetando los derechos de todos los docentes aspirantes. Por su parte, es preciso destacar que esta instancia de reclamos no constituye una nueva inscripción o un período para aportar nueva documentación según lo prescribe el artículo 63:

“…Con posterioridad al período fijado para la inscripción no se aceptarán solicitudes de ingreso, modificaciones al pedido original o nueva documentación para agregar a la presentada en término. La solicitud de ingreso en la docencia tiene carácter de declaración jurada.”

27/07/2026 al 24 /08/ 2026

Recepción de reclamos en primera instancia y remisión a los tribunales descentralizados correspondientes

Tratamiento de reclamos en primera instancia y/o presentaciones

 

 

Procedimiento de reclamos

El reclamo se realizará por Autogestión mediante el aplicativo alojado en la plataforma ABC. Todos los reclamos se realizarán por este sistema, tanto para las/los aspirantes que realizaron la inscripción por primera vez como para quienes realizaron ratificaciones y rectificaciones.

En caso de detectarse la falsedad en algún dato, se dará lugar a la consecuente exclusión del listado y la correspondiente acción disciplinaria de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 10579.

El reclamo al Ingreso a la Docencia se realizará en forma virtual, cumplimentando los pasos en línea a través de la plataforma ABC, en la solapa “servicios.abc.gob.ar”. En aquellos casos en que la/el docente deba agregar documentación probatoria (paso 1 – Residencia; paso 4 – Cargo Titular) se deberá adjuntar la documentación que avale los datos declarados, en archivos de formato PDF o JPG exclusivamente.

INSTRUCTIVO PARA REALIZAR EL RECLAMO EN PRIMERA INSTANCIA AL LISTADO OFICIAL 2026-2027

Esta opción de reclamo se habilita para aquellas/os aspirantes que hayan finalizado la inscripción en el listado oficial 2026-2027 durante el periodo correspondiente (del 16/3/2026 al 23/5/2026).

La/el docente deberá ingresar a la plataforma ABC, con su usuario y contraseña. Una vez en ella, deberá ingresar a la opción Inscripciones y Acciones Estatutarias y dirigirse al enlace que indica “Reclamo Listado Oficial 2027”.

 

Carga del reclamo:

El reclamo será cumplimentado por la/el aspirante y al final del proceso se generará un comprobante.

1.- Datos personales:

Es necesario que cumplimente el espacio donde identifique su correo electrónico (mail) de contacto para que el Tribunal Descentralizado (TD) de intervención envíe la respuesta a su reclamo en primera instancia. Si no aporta este dato no podrá continuar con el proceso de reclamo.

Si la/el aspirante desea realizar el reclamo en este punto indicar SI. Luego, deberá adjuntar y subir DNI (anverso y reverso) o las probanzas escaneadas que considere. A continuación, deberá presionar el botón siguiente.

Si la/el aspirante no desea realizar el reclamo en este punto deberá seleccionar NO y presionar el botón siguiente.

 

2.- Distrito solicitado:

Si la/el aspirante desea realizar el reclamo en este punto deberá indicar SI. En el apartado OBSERVACIONES deberá fundamentar su disconformidad. A continuación presionar el botón siguiente.

Si la/el aspirante no desea realizar el reclamo en este punto deberá indicar NO y presionar el botón siguiente.

3.- Reclamo de habilitaciones / títulos:

Si la/el aspirante desea realizar el reclamo en este punto deberá indicar SI. En el apartado OBSERVACIONES deberá fundamentar su disconformidad y a continuación presionar el botón siguiente.

 

Si la/el aspirante no desea realizar el reclamo en este punto deberá indicar NO y presionar el botón siguiente.

4.- Reclamo de cargos titulares:

Si la/el aspirante desea realizar el reclamo en este punto deberá indicar SI. Luego adjuntar y subir las probanzas escaneadas que considere necesarias y presionar el botón siguiente.

Si la/el aspirante no desea realizar el reclamo en este punto deberá indicar NO y presionar el botón siguiente.

5.- Reclamo de Antigüedad / Desempeño / Calificación

Si la/el aspirante desea realizar el reclamo en este punto deberá indicar SI. En el apartado OBSERVACIONES deberá fundamentar su disconformidad. Luego presionar el botón siguiente.

Si la/el aspirante no desea realizar el reclamo en este punto deberá indicar NO y presionar el botón siguiente.

6.- Reclamo de Cursos / Bonificantes

Si la/el aspirante desea realizar el reclamo en este punto deberá indicar SI. En el apartado OBSERVACIONES deberá fundamentar su disconformidad. Luego presionar el botón Guardar Reclamo.

Si la/el aspirante no desea realizar el reclamo en este punto deberá indicar NO y presionar el botón Generar comprobante.

Una vez finalizado el proceso de reclamo, el sistema generará un comprobante que permanecerá en el aplicativo hasta tanto finalice el período de reclamo. El comprobante que se genere permitirá seguir el circuito de este.

 

INFORMACIÓN PARA LA/EL ASPIRANTE:

● La/el docente podrá cumplimentar, a través de la plataforma ABC, el reclamo en primera instancia sin necesidad de concurrir a la Secretaría de Asuntos Docentes.

● La/el docente podrá visualizar el estado de su reclamo:

a) si el reclamo figura en revisión, esto indica que el Tribunal Descentralizado no intervino aún, por lo tanto, la/el docente podrá modificar el mismo.

b) si el reclamo figura en proceso, la/el docente no podrá modificar los ítems que reclamó. Podrá en el mismo periodo de reclamos en primera instancia iniciar un nuevo reclamo solicitando la revisión de aquellos que no reclamó.

  • Se sugiere usar el navegador Google Chrome, para utilizar la aplicación.
  • Es muy importante que revise la bandeja de entrada del correo electrónico ya que por ese medio recepcionará la respuesta al reclamo, finalizado el periodo según el cronograma de acciones.
  • El Tribunal Descentralizado le indicará la modalidad para realizar la segunda instancia de reclamos en caso de considerar continuar en disconformidad.

COMUNICACIÓN CONJUNTA N° 03/2026:

IF-2026-25874575-GDEBA-DTCDGCYE

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24

EMERGENCIA ESCUELA DE EDUCACIÓN AGRARIA N° 1

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos  llama a inscripción para la confección de listados de emergencia para cobertura de módulos/Materias/EspaciosCurriculares/Talleres de la formación General, Cientifico Tecnológica y Técnico Especifica según la Disposición 19/16 de la Dirección de Educación Agraria

  • MAESTRO DE SECCIÓN DE HUERTA (HOR)

CRONOGRAMA 

Difusión: 01/07/2026 AL 03/07/2026

Inscripción: 6/07/2026  AL 08/07/2026

Los interesados deberán inscribirse en el link

(Disponible según el cronograma de Inscripción)

https://forms.gle/n4VqVcoUSJFqNGeRA

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

Una vez completado el formulario con tus datos, al pie, encontrarás la opción

para adjuntar la documentación escaneada

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

  • Declaración Jurada FINES-EMERGENCIA
  • Curriculum vitae con las probanzas.
  • DNI
  • Titulo secundario registrado en el Consejo Escolar
  • Titulo terciario y/o universitario
  • Constancia de alumno regular
  • Porcentaje de materias actualizadas

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTÍCULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

2016 – Disposición Nº 19 – Listados de Emergencia

Solicitud listado de emergencia HUERTA – EESA 1 LOBOS

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24

Ampliación a Inscripción de Listado Emergencia Guardavidas 2026

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos, a pedido de la Inspectora de Educación Física Prof. Paola Mamone llama a inscripción para la conformación del  listados de Emergencia de GUARDAVIDAS en la modalidad de EDUCACIÓN FÍSICA de acuerdo a lo que se establece en la Disp-Conjunta-3-11-Guardavidas  para las pautas de llamado de cobertura y cronograma de acciones.

  • Guardavidas

Cronograma    

Convocatoria  y Difusión:

17/06/2026 AL 23/06/2026

Inscripción:

24/06/2026 AL 26/06/2026

Los interesados deberán inscribirse en el link

(utilizando correo @abc)

(Disponible según el cronograma de Inscripción)

 

https://forms.gle/G3ef6nY7SUFtpRaV7

 

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

Una vez completaste el formulario con tus datos, al pie, encontrarás la opción

para adjuntar la documentación escaneada

REQUISITOS:

  • Planilla de inscripción PLANILLA DE INSCRIPCIÓN GUARDAVIDA ANEXO 4
  • Título docente habilitante, certificado analítico completo o con porcentaje de materias aprobadas del Profesorado de Educación Física. (En el caso de ser estudiantes)
  • FORMULARIO 354 ANTIGUEDAD  docente en Centros de Educación Física, en la Modalidad Educación   Física y en el sistema Educativo.
  • DNI 1° y 2° hoja escaneado.
  • Libreta habilitante de Guardavidas y la reválida correspondiente escaneado.

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

 

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del En los distritos en que no sea viable el registro de los títulos, por encontrarse cerrado el Consejo Escolar correspondiente, se considerará a todos los efectos la Declaración Jurada del docente.

Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento,
si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con
carácter definitivo sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el
contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo
para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se
encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

Prof. Federico Belossi -SAD Lobos
Región 24

CONVOCATORIA PARA LA PRESENTACION DE PROYECTO PEDAGOGICO PARA LA COBERTURA DEL ESPACIO CURRICULAR DE PRACTICAS DEL LENGUAJE DEL PROGRAMA “EDUCACIÓN PROFESIONAL SECUNDARIA”

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos a pedido de la IE de Educación Técnica Prof. Vanina Altamirano cumple en realizar el   llamado a convocatoria para la presentación de propuestas pedagógicas del Programa Educación Profesional Secundaria. Res.-2024-2106, para la cobertura del espacio curricular de PRÁCTICAS DEL LENGUAJE para la  sede de la EESTN°1:

  • ESPACIO CURRICULAR PRÁCTICAS DEL LENGUAJE

 

Cronograma de acciones:

FECHAS ACCIONES
8 días hábiles Del 16/06 al 25/06 inclusive. Convocatoria a Presentación de Proyectos, Difusión y notificación docente.
5 días hábiles Del 26/06 al 2/07 inclusive. Inscripción en las Secretarías de Asuntos Docentes, Presentación de Antecedentes y Proyectos Pedagógicos.

 

Los interesados deberán inscribirse en el link

(Disponible según el cronograma de Inscripción)

https://forms.gle/a3ioCeu7nSPQtLRo9

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

Una vez completado el formulario con tus datos, al pie, encontrarás la opción

para adjuntar la documentación escaneada

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

  • Los postulantes deberán presentar la propuesta pedagógica
  • Curriculum vitae con las probanzas.

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

.Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

Prof. Federico Bellosi – SAD – Lobos – Región 24

IF-2022-30050909-GDEBA-DPETPDGCYE (1) (1)

ANEXO I- IF-2024-19088015-GDEBA-DPETPDGCYE

ANEXO II – IF-2024-20663271-GDEBA-DPETPDGCYE

ANEXO III- IF-2024-19088366-GDEBA-DPETPDGCYE

ANEXO V – IF-2024-19088703-GDEBA-DPETPDGCYE

COM 22 ETP

RSC-2024-22504537-GDEBA-DGCYE

DI-2022-36840073-GDEBA-DPETPDGCYE (2)

DI-2022-30072080-GDEBA-DPETPDGCYE

IF-2022-30049320-GDEBA-DPETPDGCYE (2) (2)

IF-2022-30049614-GDEBA-DPETPDGCYE (1)

IF-2022-30049874-GDEBA-DPETPDGCYE (1) (1)

IF-2022-30050206-GDEBA-DPETPDGCYE (1) (1)

IF-2022-30050422-GDEBA-DPETPDGCYE (1) (1)

EMERGENCIA ESCUELA DE EDUCACIÓN TÉCNICA N° 1

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos  llama a inscripción para la confección de listados de emergencia para los siguientes módulos según la Disposición 19/14 DPETP de la Dirección de Educación TécnicoProfesional

  • PA (PAÑOL)

CRONOGRAMA 

Difusión: 12/06/2026 AL 19/06/2026

Inscripción: 17/06/2026 AL 19/06/2026

Los interesados deberán inscribirse en el link

(Disponible según el cronograma de Inscripción)

https://forms.gle/NcdbUtW97FGuW1G76

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

Una vez completado el formulario con tus datos, al pie, encontrarás la opción

para adjuntar la documentación escaneada

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

  • Declaración Jurada FINES-EMERGENCIA
  • Curriculum vitae con las probanzas.
  • DNI
  • Titulo secundario registrado en el Consejo Escolar
  • Titulo terciario y/o universitario
  • Constancia de alumno regular
  • Porcentaje de materias actualizadas

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTÍCULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

Disp19-14-DET

solicitud EMERGENCIA (Lobos) 11_06_2026

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24

PRUEBA DE SELECCIÓN PUNTUAL DISTRITO CAÑUELAS

Se remite para su conocimiento y difusión

PRUEBA PUNTUAL DE EDUCACIÓN ESPECIAL

Cargo Director/a EEE N°501, Suplente La Secretaría de Asuntos docentes de Cañuelas, a solicitud de la Jefatura Distrital, convoca a Pruebas de Selección a los docentes Titulares y Provisionales del distrito, de distritos vecinos que cumplan con los requisitos o no de antigüedad exigidos para el cargo, según lo pautado en el artículo 75 inciso 6.4.3 A del Estatuto del docente, en los acuerdos paritarios 2009, que establecen la unificación de los incisos a), b) y c) del artículo 11 del Estatuto del docente, en la Resolución 824/05 y la Disposición 101/25.Documento de Apoyo 1/21.

Cargo a cubrir:

Director/a de EEE N°501, Suplente desde el 10 de junio al 24 de agosto de 2026.

Turno alternado: lunes, miércoles y viernes de 12:30 a 16:30 hs., y martes y jueves de 8:30 a 12:30 hs.

Cronograma de acciones:

* 16 a 22 de junio (5 días hábiles)          Difusión y notificación a través de la Secretaría de Asuntos Docentes

* 23 al 25 de junio (3 días hábiles)          Inscripción de los aspirantes en Secretaría de Asuntos Docentes Enviar la documentación al mail jd016@abc.gob.ar

* 26 al 30 de junio (3 días hábiles)        Confección y remisión de nóminas de inscriptos a la comisión Evaluadora por parte de las Secretarías de Asuntos docentes.

* 1 al 3 de julio (3 días hábiles)        Control de nóminas por la Comisión Evaluadora, realizando las rectificaciones necesarias. Remisión de listados.

* 6 al 7 de julio (2 días hábiles)        Exhibición y notificación de las nóminas de inscriptos que poseen los requisitos para aspirar y de aquellos que no los reúnen.

* A partir del 14 de julio        Inicio de Pruebas de Selección.

Asistencia técnica: 

         Día 6 de julio de 2026 a las 8:30 horas en el Jardín N 909 de la ciudad de Cañuelas.

Inscripción:

        La inscripción se realizará de manera presencial en la SAD de Cañuelas (Lara 753), del 23 al 25 de junio en el horario de 9 a 11 hs.

Lugar de exhibición de las nóminas:

Secretaría de Asuntos Docentes

Sede de la Prueba de Selección:

Jardín N°909 – Tucumán 287– Cañuelas

https://abc.gob.ar/sad/canuelas/inicio/prueba-puntual-de-educacion-especial

BIBLIOGRAFÍA

COMISION EVALUADORA

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24

ISFD N° 43 COBERTURA DE MÓDULOS RESOL. N° 6179/25

Secretaría de Asuntos Docentes de Lobos  en el marco de la Resolución N° 6179/25 y Comunicación Conjunta N° 83/25 cumple en dar difusión y convocatoria de aspirantes a la cobertura de las horas y/o módulos del ISFD N° 43

 

  • TECNICATURA SUPERIOR EN DESARROLLO DE SOFTWARE

LABORATORIO DE HARDWARE

IS43 – TEC.SUP.DESARROLLO DE SOFTWARE – LABORATORIO DE HARDWARE – 1° año.docx – Isfdyt n° 43 Lobos

  • PROFESORADO DE EDUCACION SECUNDARIA EN GEOGRAFIA

PRACTICA DOCENTE IV – TERRENO

IS43 – PROF. GEOGRAFIA – Práctica docente IV- Terreno – 4° año.docx – Isfdyt n° 43 Lobos

PRACTICA DOCENTE IV – TERRENO

IS43 – PROF. GEOGRAFIA – Espacio de Opción Institucional (Form.Específica) – 4° año.docx – Isfdyt n° 43 Lobos

  • PROFESORADO DE EDUCACION SECUNDARIA EN BIOLOGIA

PROBLEMAS SOCIO AMBIENTALES

IS43 – PROF BIOLOGIA – Problemas socio- ambientales – 4° año .docx – Isfdyt n° 43 Lobos

  • TECNICATURA SUPERIOR EN LABORATORIO DE ANALISIS CLINICOS

ORGANIZACION Y GESTION DE LOS SERVICIOS DE SALUD

IS43- TEC. SUP. EN LAB. DE AN.CLINICOS.- ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD – 2DO AÑO .docx – Isfdyt n° 43 Lobos

PRACTICA PROFESIONALIZANTE III

IS43- TEC. SUP. EN LAB. DE AN.CLINICOS- PRACTICA PROFESIONALIZANTE III- 3er AÑO .docx – Isfdyt n° 43 Lobos

GESTION DE LABORATORIO

IS43- TEC. SUP. EN LAB. DE AN.CLINICOS- GESTIÓN DEL LABORATORIO – 3ER AÑO .docx – Isfdyt n° 43 Lobos

CONTROL DE CALIDAD

IS43- TEC. SUP. EN LAB. DE AN.CLINICOS- CONTROL DE CALIDAD – 3ER AÑO .docx – Isfdyt n° 43 Lobos

METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION

_IS43- TEC. SUP. EN LAB. DE AN.CLINICOS.- METODOLOGIA DE LA INVESTIGACIÓN – 2DO AÑO .docx – Isfdyt n° 43 Lobos

 

Para más información

https://isfdyt43-bue.infd.edu.ar/

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LLAMADO EMERGENCIA ESPECIAL MET 2026

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos llama a inscripción para la conformación del listado de Emergencia  en la modalidad de Educación Especial de acuerdo a lo que establece la Dispoción 09/2026

  • MAESTRAS/OS DE EDUCACIÓN TEMPRANA 

Los interesados deberás Inscribirse en el Link

(Disponible según el cronograma de inscripción) 

   https://forms.gle/ouKxQRRjeh798JkHA

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

Una vez completado el formulario con tus datos, al pie, encontrarás la opción

para adjuntar la documentación escaneada

CRONOGRAMA PREVISTO     

Difusión: 01/06/2026 al 05/06/2026

Inscripción: 08/06/2026 al 10/06/2026

Los interesados deberán presentar:

  • Declaración Jurada FINES-EMERGENCIA
  • DNI
  • Título secundario registrado en consejo escolar
  • Títulos terciarios y/o universitarios (si es que presentan) registrados en consejo escolar
  • Constancia de alumno regular que no exceda los 30 días de antigüedad
  • Formulario 354 con desempeños certificados por autoridad competente FORM-354-antiguedad-2022         

 

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del En los distritos en que no sea viable el registro de los títulos, por encontrarse cerrado el Consejo Escolar correspondiente, se considerará a todos los efectos la Declaración Jurada del docente. Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento,
si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con
carácter definitivo sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

_Pedido de emergencia MET

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24

EMERGENCIA MAESTRO DE GRADO – MG

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos llama a inscripción para la conformación del listado de Emergencia  en la modalidad de Educación Especial de acuerdo a lo que establece la Dispo-53-09-List-Emerg-MG

  • Maestro de Grado MG

Los interesados deberás Inscribirse en el Link

(Disponible según el cronograma de inscripción) 

     https://forms.gle/mggX4HRPCHNTkZAL7

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

Una vez completado el formulario con tus datos, al pie, encontrarás la opción

para adjuntar la documentación escaneada

CRONOGRAMA PREVISTO     

Difusión: 29/05/2026 al 03/06/2026

Inscripción: 04/06/2026 al 08/06/2026

 

Los interesados deberán presentar:

  • Declaración Jurada FINES-EMERGENCIA
  • DNI
  • Título secundario registrado en consejo escolar
  • Títulos terciarios y/o universitarios (si es que presentan) registrados en consejo escolar
  • Constancia de alumno regular que no exceda los 30 días de antigüedad
  • Formulario 354 con desempeños certificados por autoridad competente FORM-354-antiguedad-2022         

 

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del En los distritos en que no sea viable el registro de los títulos, por encontrarse cerrado el Consejo Escolar correspondiente, se considerará a todos los efectos la Declaración Jurada del docente. Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento,
si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con
carácter definitivo sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

 

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24