LAS VACANTES 2022
SON TENTATIVAS
Se recuerda que los aspirantes PUEDEN SOLICITAR MÓDULOS O CARGOS NO PUBLICADOS, aclarando que esas vacantes que no figuren en las listas pueden descubrirse por consecuencia de otro docente que solicite otro destino, en el transcurso del tratamiento y ser utilizadas.
DISPO 17 2020 DI-2020-22484825-GDEBA-DTCDGCYE-MARCO-GENERAL-MAD-Y-ANEXOS
2 – CONSIDERACIONES GENERALES
e) Las vacantes producidas por consecuencia en el Movimiento Anual Docente, se tendrán en cuenta al solo efecto de ampliar la oferta pero no modifican cupo.
LEY 10579 Y SUS MODIFICATORIAS ED
ARTÍCULO 55: (Texto según Ley 10.614)
A los efectos del movimiento Docente las vacantes se distribuirán de acuerdo con los porcentajes y orden preferencial que a continuación se indican:
I.- Vacantes en cargos de base y horas-cátedra.
El cincuenta (50) por ciento se destinará para:
De las vacantes de horas-cátedra restantes más las que quedarán sin cubrir del porcentaje destinado a ser considerado mediante el orden preferencial indicado en los incisos a) a g), el veinticinco (25) por ciento se destinará a acrecentamiento
DISPOSICION 17/2020:
2 – CONSIDERACIONES GENERALES
h) En el caso de solicitar MAD en horas cátedra y/o módulos y el cupo resultante arroje un número con decimales, la aproximación será por exceso (ejemplo: si el cupo es de 3,5 se considerará 4).
PARA ESTABLECER EL CUPO DE MAD TENES QUE HACER LA SIGUIENTE CUENTA:
DEL TOTAL DE LAS VACANTES AL 31/07/2022
RESTA LA CANTIDAD DE LOS TITULARES INTERINOS,
DE ESO SACA EL 50 %
EJEMPLO MG DE PRIMARIA
HAY EN TOTAL 19 CARGOS
SE RESERVAN PARA EL DD DE LOS TI 08 CARGOS
EN TOTAL QUEDAN 11 CARGOS PROVISIONALES,
EL 50% ES 5,5
EL CUPO DE MAD ES 06 CARGOS
para MAD Y AH 2022/2023
ARTÍCULO 12°. Determinar que las vacantes afectadas al Movimiento Anual Docente y Acrecentamiento 2022-2023, sobre las cuales se calculará el porcentaje fijado por la normativa, serán las resultantes del tratamiento de las Plantas Orgánico Funcionales actualizadas al 31 de julio de 2022.
ARTÍCULO 13°. Establecer que en los casos de existir una única vacante en cargo base, nivel o modalidad y distrito, sólo podrá ser utilizada para traslado en el mismo distrito, en igual cargo y en el mismo Nivel y / o Modalidad.
https://docs.google.com/spreadsheets/d/1v4cLuEUTzDVL1BGBgeqLdxY6cVXNRnDW38OX4u6pS0o/edit?usp=sharing
Usando el correo @abc.gob.ar no se necesita permiso para visualizar las vacantes
Prof. Lucrecia Arijó – SAD – Lobos – Región 24