CIRCUITO PARA SOLICITAR
RESOLUCIÓN DE TITULAR
1) Ingreso a la docencia por acto público de TITULARIZACIÓN INTERINA

Envía tus datos en forma precisa:
A. DATOS PERSONALES
- APELLIDO Y NOMBRE
- DNI/CUIL
- CORREO ABC
- TELEFONO
Distrito | Escuela | Cargo | Área | Horas | Módulos | Nivel / Modalidad | Fecha Titular o Tit.Interino | Toma de Posesión desde |
Adjuntar la siguiente documentación: en
o 
- DNI
- Designación (Anexo de titularización interina y destino definitivo)
- Set 4 del año del interinato
- Título habilitante.
2) Ingreso por Titularización Masiva, MAD o Acrecentamiento
Debe remitir un mail al tribunal que corresponda. (Indicando año de la acción estatutaria y adjuntando las probanzas)
INICIAL : triclaini@abc.gob.ar
PRIMARIA : trcl@abc.gob.ar
SECUNDARIA : educ-secundaria@abc.gob.ar
ADULTOS : tribu_adultos@abc.gob.ar
TÉCNICO-PROFESIONAL: triclaetp@abc.gob.ar
PSICOLOGÍA : trpcyps@abc.gob.ar
ESPECIAL : triclaesp@abc.gob.ar
EDUCACIÓN FÍSICA : triclaeducfisica@abc.gob.ar
ARTÍSTICA :triclaart@abc.gob.ar
Por designaciones hasta el año 2005 y las titularizaciones masivas mediante Ley 12.609 dirigirse al Dpto. Reajuste Docente: departamentoreajuste@abc.gob.
3) Para solicitar copia de la Resolución de Titular
Debe remitir un mail al Dpto. Registro y Notificaciones regnot1@abc.gob.ar
Cuando ya tenés el número de Resolución de Titular, podes pedír la copia, informando el número de Resolución y Año
4) Ya tenés la Resolución de Titular, como cambiar la situación de revista en el COULI
La Dirección del establecimiento debe cargar en SUNA con el código PASE A TITULAR (PT) la Resolución para la modificación de la situación de revista
5) Ya tenés la Resolución de Titular pero no estas en ellas o existen errores
Debe remitir un mail al tribunal que corresponda, adjuntando en
o
- Copia de DNI
- Notificación de SAD
- Acta de toma de posesión en el servicio educativo
- Nota de solicitud de inclusión, en el caso de omisión
5) ¿Estas pensando en jubilarte? 
- La resolución de Titular no es un requisito para la jubilación.
- Si tenés 25 años o más de aportes como docente de la DGCyE, sos titular al momento de jubilarte y en tu COULI la situación de revista es TITULAR, podés recibir la Retribución Especial (“el premio de los 6 sueldos”).
- Podés tramitar tu jubilación y jubilarte, aunque aún no hayas conseguido tu Resolución de Titular, y luego de conseguirla, reclamar tu Retribución Especial a través del abc-jubilaciones-otros trámites-iniciar otros trámites-nuevo-tipo de trámite Retribución Especial
Requisitos a cumplir para el cobro de la Retribución Especial – Ley 13.355:
- Docentes: deberá reunir 25 años de antigüedad y haber sido titular a la fecha de cese, en los cargos cesados (que se grabó el cese jubilatorio).
- Auxiliares o agentes bajo la Ley 10.430: deberá reunir 30 años de antigüedad en la administración pública y haber sido titular a la fecha de cese, en los cargos cesados (que se grabó el cese jubilatorio).
Para ambos casos es requisito indispensable estar cesado y no poseer actuaciones sumariales al momento del cese.
Si cumple el requisito de tener 25 años puros en provincia, debe acercarse a contralor para verificar que su situación de revista este como titular si no solicitar que se rectifique.
Posteriormente, y si el expediente de su jubilación esta archivado, iniciar un reclamo del pago por GLPI