Para solicitar tu número de Resolución Titular

CIRCUITO PARA SOLICITAR

RESOLUCIÓN DE TITULAR

1) Ingreso a la docencia por acto público de TITULARIZACIÓN INTERINA

Debe  remitir un  mail al Dpto. Ingreso a la docencia dptoingresoaladocencia@abc.gob.ar

Envía tus datos en forma precisa:

A.  DATOS PERSONALES

  1. APELLIDO Y NOMBRE
  2. DNI/CUIL
  3. CORREO ABC
  4. TELEFONO
B. CARGOS, MÓDULOS U HORAS QUE SOLICITA
Distrito Escuela Cargo Área Horas Módulos Nivel / Modalidad Fecha Titular o Tit.Interino Toma     de Posesión desde

 Adjuntar la siguiente documentación: en o

  1. DNI
  2. Designación (Anexo de titularización interina y destino definitivo)
  3. Set 4 del año del interinato
  4. Título habilitante.

2) Ingreso por Titularización Masiva, MAD o Acrecentamiento

Debe  remitir un  mail al tribunal que corresponda. (Indicando año de la acción  estatutaria y adjuntando las probanzas)

INICIAL : triclaini@abc.gob.ar

PRIMARIA : trcl@abc.gob.ar

SECUNDARIA : educ-secundaria@abc.gob.ar

ADULTOS : tribu_adultos@abc.gob.ar

TÉCNICO-PROFESIONAL: triclaetp@abc.gob.ar

PSICOLOGÍA : trpcyps@abc.gob.ar

ESPECIAL : triclaesp@abc.gob.ar

EDUCACIÓN FÍSICA : triclaeducfisica@abc.gob.ar

ARTÍSTICA :triclaart@abc.gob.ar

Por designaciones hasta el año 2005 y las titularizaciones masivas mediante Ley 12.609 dirigirse al Dpto. Reajuste Docentedepartamentoreajuste@abc.gob.ar

  3)  Para solicitar copia de la Resolución de Titular

Debe  remitir un  mail al Dpto. Registro y Notificaciones  regnot1@abc.gob.ar

Cuando ya tenés el número de Resolución de Titular, podes pedír la copia,  informando el número de Resolución y Año

4)  Ya tenés la Resolución de Titular, como cambiar la situación de revista en el COULI

La Dirección del establecimiento debe cargar en SUNA con el código PASE A TITULAR (PT) la Resolución para la modificación de la situación de revista

5)  Ya tenés la Resolución de Titular pero no estas en ellas o existen errores 

Debe  remitir un  mail al tribunal que corresponda,  adjuntando en  o   

  • Copia de DNI
  • Notificación de SAD
  • Acta de toma de posesión en el servicio educativo
  • Nota de solicitud de inclusión, en el caso de omisión

5)  ¿Estas pensando en jubilarte?

  1. La resolución de Titular no es un requisito para la jubilación.
  2. Si tenés 25 años o más de aportes como docente de la DGCyE, sos titular al momento de jubilarte y en tu COULI la situación de revista es TITULAR, podés recibir la Retribución Especial (“el premio de los 6 sueldos”).
  3. Podés tramitar tu jubilación y jubilarte, aunque aún no hayas conseguido tu Resolución de Titular, y luego de conseguirla, reclamar tu Retribución Especial a través del abc-jubilaciones-otros trámites-iniciar otros trámites-nuevo-tipo de trámite Retribución Especial
Retribución especial

Requisitos a cumplir para el cobro de la Retribución Especial – Ley 13.355:

  • Docentes: deberá reunir 25 años de antigüedad y haber sido titular a la fecha de cese, en los cargos cesados (que se grabó el cese jubilatorio).
  • Auxiliares o agentes bajo la Ley 10.430: deberá reunir 30 años de antigüedad en la administración pública y haber sido titular a la fecha de cese, en los cargos cesados (que se grabó el cese jubilatorio).

Para ambos casos es requisito indispensable estar cesado y no poseer actuaciones sumariales al momento del cese.

Si cumple el requisito de tener 25 años puros en provincia, debe acercarse a contralor para verificar que su situación de revista este como titular si no solicitar que se rectifique.

Posteriormente, y si el expediente de su jubilación esta archivado, iniciar un reclamo del pago por GLPI 

https://abc.gob.ar/secretarias/areas/subsecretaria-de-administracion-y-recursos-humanos/dir-prov-asesoramiento-jub-y-cert/dpajyc-4

INFO IMPORTANTE:
RESO 4177/18 APTO PSICOFISICO