COBERTURA POR PROYECTO DE MATERIAS ESPECIALIZADAS DE TECNICO EN ELECTROMECANICA

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos, a pedido de la Inspectora de Educación Secundaria Técnica Prof. Isabela Bonaccio llama a inscripción para la cobertura de módulos por proyecto pedagógicos de las siguientes materias que se encuentran comprendidos en la Disposición N°2 /12 de las Subsecretarías de Gestión Educativa y Educación y que se detallan a continuación

SEGURIDAD HIGIENE Y PROTECCIÓN AMBIENTAL

TECNICATURA: TECNICO EN ELECTROMECANICA

AÑO Y DIVISION: 7° AÑO UNICA DIVISION

CARGA HORARIO: 2 MODULOS

JURADO TITULAR: IET R24BONACCIO ISABELA, DIR. DE PAULA CLAUDIO

JEFE DE AREA RUBEN REGINA RENZI MARTIN

JURADO SUPLENTE: IET R18LOSCALZO NESTOR, DIR TENCA LAURA, DOCENTE ROLANDO MARIANA, DOCENTE LABOLLOTA JAVIER

CRONOGRAMA DE ACCIONES

 Convocatoria   a   Presentación de   Proyectos,

difusión y notificación docente.: 11/04/2022 AL 18/04/2022

 Inscripción   en   las   Secretarías   de   Asuntos

Docentes, presentación   de antecedentes y Proyectos Pedagógicos: 19/04/2022 AL 25/04/2022

 Entrevista, en https://meet.google.com/hgz-zsgu-vgp a las 14 hs. 1° DÍA HÁBIL A PARTIR DEL 06/05/2022

 

PROYECTO Y DISEÑO DE INSTALACIONES ELECTRICAS

TECNICATURA: TECNICO EN ELECTROMECANICA

AÑO Y DIVISION: 7° AÑO UNICA DIVISION

CARGA HORARIO: 4 MODULOS

JURADO TITULAR: IET R24BONACCIO ISABELA, DIR. DE PAULA CLAUDIO

JEFE DE AREA RUBEN REGINA, DOCENTE ANGELANI NESTOR

JURADO SUPLENTE: IET R18LOSCALZO NESTOR, DIR TENCA LAURA, DOCENTE ROLANDO MARIANA, DOCENTE: MANZIONE JORGE

CRONOGRAMA DE ACCIONES

 Convocatoria   a   Presentación de   Proyectos,

difusión y notificación docente.: 11/04/2022 AL 18/04/2022

 Inscripción   en   las   Secretarías   de   Asuntos

Docentes, presentación   de antecedentes y Proyectos Pedagógicos:19/04/2022 AL 25/04/2022

 Entrevista, en https://meet.google.com/hgz-zsgu-vgp a las 14 hs. 1° DÍA HÁBIL A PARTIR DEL 06/05/2022

 Los interesados deberán inscribirse en el link

(Disponible según el cronograma de Inscripción)

https://forms.gle/YSRJkaNa18MaiA5K9

 

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

Una vez completaste el formulario con tus datos, al pie, encontrarás la opción

para adjuntar la documentación escaneada

Los interesados deberán presentar:

  • Declaración Jurada FINES-EMERGENCIA
  • Fotocopia de DNI
  • Fotocopia del título secundario registrado en consejo escolar
  • Fotocopias de títulos terciarios y/o universitarios (si es que presentan) registrados en consejo escolar
  • Constancia de alumno regular que no exceda los 30 días de antigüedad
  • Formulario 354 con desempeños certificados por autoridad competente FORM-354-antiguedad-2022      
  • Propuesta de trabajo       
  • disposicion_conjunta_nro_2_12                                                                       

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del En los distritos en que no sea viable el registro de los títulos, por encontrarse cerrado el Consejo Escolar correspondiente, se considerará a todos los efectos la Declaración Jurada del docente.

Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento,
si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con
carácter definitivo sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el
contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo
para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se
encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

Prof. Lucrecia Arijó –  SAD – Lobos – región 24