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ISFDYT N° 43 COBERTURA DE MÓDULOS POR RESOL. N° 5886/05

Secretaría de Asuntos Docente de Lobos en el marco de la  Resolución N° 5886/03 y su modificatoria del Anexo I, Resolución 1161/20 cumple en dar difusión y convocatoria de aspirantes a la cobertura de las horas y/o módulos del ISFDYT  Nº 43

 

PROFESORADO DE EDUCACION FÍSICA

PROFESORADO DE EDUCACIÓN FÍSICA 1° AÑO A

DIDACTICA DE LAS PRACTICAS GIMNASTICAS I 

IS43 – PROF ED FISICA – Didactica de las practicas Gimnasticas I – 1er año A..docx – Isfdyt 43 Lobos

HISTORIA DE LA EDUCACION FISICA EN LATINOAMERICA Y ARGENTINA 

IS43 – PROF ED FISICA – Historia de la educación física en Latinoamérica y argentina. 1er.año A.docx – Isfdyt 43 Lobos

TALLER DE EDUCACION CORPORAL Y MOTRIZ

IS43 – PROF ED FISICA – Taller de educacion corporal y motriz – 1er año A..docx – Isfdyt 43 Lobos

PROFESORADO DE EDUCACIÓN FÍSICA 1° AÑO B

DIDACTICA DE LAS PRACTICAS GIMNASTICAS I

IS43 – PROF ED FISICA – Didactica de las practicas Gimnasticas I – 1er año B..docx – Isfdyt 43 Lobos

HISTORIA DE L EDUCACION FISICA EN LATINOAMERICA Y ARGENTINA

IS43 – PROF ED FISICA – Historia de la educación física en Latinoamérica y argentina. 1er.año B.docx – Isfdyt 43 Lobos

PROFESORADO DE EDUCACION FISICA – 2° AÑO 

CAMPO DE LA PRACTICA DOCENTE

IS43 – PROF ED FISICA – Campo de la practica docente -2do año..docx – Isfdyt 43 Lobos

DIDACTICA DE LAS PRACTICAS DEPORTIVAS I HANDBALL

IS43 – PROF ED FISICA – Didáctica de las prácticas deportivas I Handball. 2do año..docx – Isfdyt 43 Lobos

DIDACTICA DE LAS PRACTICAS EN LA NATURALEZA Y AL AIRE LIBRE I

IS43 – PROF ED FISICA – Didáctica de las prácticas en la naturaleza y al aire libre I -2do año..docx – Isfdyt 43 Lobos

PROFESORADO DE EDUCACION FISICA – 3° AÑO

ANALISIS DE LAS ACCIONES MOTRICES

IS43 – PROF ED FISICA – Análisis de las acciones motrices.-3er año..docx – Isfdyt 43 Lobos

DIDACTICA DE LAS PRACTICAS DEPORTIVAS II FUTBOL

IS43 – PROF ED FISICA – Didáctica de las prácticas deportivas II Futbol.-3er año..docx – Isfdyt 43 Lobos

DIDACTICA DE LAS PRACTICAS EN LA NATURALEZA Y AL AIRE LIBRE II

IS43 – PROF ED FISICA – Didáctica de las prácticas en la naturaleza y al aire libre II -3er año..docx – Isfdyt 43 Lobos

PROFESORADO DE EDUCACION FISICA 4° AÑO

DIDACTICA DEL ENTRENAMIENTO

IS43 – PROF ED FISICA – Didáctica del entrenamiento- 4to año.docx – Isfdyt 43 Lobos

 

PROFESORADO DE EDUCACION SECUNDARIA EN GEOGRAFIA

PROFESORADO DE EDUCACION SECUNDARIA EN GEOGRAFIA – 2° AÑO

SOCIOLOGIA

IS43 – PROF GEOGRAFIA – SOCIOLOGIA – 2° AÑO.docx – Isfdyt 43 Lobos

PROFESORADO DE EDUCACION SECUNDARIA EN GEOGRAFIA – 3° AÑO

DIDACTICA DE LA GEOGRAFIA

IS43 – PROF GEOGRAFIA -Didáctica de la Geografía-3° año.docx – Isfdyt 43 Lobos

GEOGRAFIA AMBIENTAL DE ARGENTINA

IS43 – PROF GEOGRAFIA -Geografía Ambiental de Argentina-3° año.docx – Isfdyt 43 Lobos

GEOGRAFIA DE GENERO

IS43 – PROF GEOGRAFIA -Geografía de Género-3° año.docx – Isfdyt 43 Lobos

GEOGRAFIA RURAL

IS43 – PROF GEOGRAFIA -Geografía Rural-3° año.docx – Isfdyt 43 Lobos

GEOGRAFIA SOCIAL DE AMERICA LATINA

IS43 – PROF GEOGRAFIA -Geografía Social de América Latina-3° año.docx – Isfdyt 43 Lobos

GEOGRAFIA URBANA

IS43 – PROF GEOGRAFIA -Geografía Urbana-3° año.docx – Isfdyt 43 Lobos

POLITICA EDUCATIVA ARGENTINA

IS43 – PROF GEOGRAFIA -Política educativa argentina-3° año.docx – Isfdyt 43 Lobos

PRACTICA DOCENTE III (PRACTICA EN TERRENO)

IS43 – PROF GEOGRAFIA -Práctica Docente III (Práctica en Terreno)-3° año.docx – Isfdyt 43 Lobos

PRACTICA DOCENTE III (TALLER) 

IS43 – PROF GEOGRAFIA -Práctica Docente III (Taller)-3° año.docx – Isfdyt 43 Lobos

PROBLEMAS FILOSOFICOS DE LA EDUCACION

IS43 – PROF GEOGRAFIA -Problemas filosóficos de la educación-3° año.docx – Isfdyt 43 Lobos

TEORIA Y METODOLOGIA EN GEOGRAFIA

IS43 – PROF GEOGRAFIA -Teoría y Metodología en Geografía – 3° año.docx – Isfdyt 43 Lobos

 

PROFESORADO DE EDUCACION SECUNDARIA EN HISTORIA

PROFESORADO DE EDUCACION SECUNDARIA EN HISTORIA – 3° AÑO

EPISTEMOLOGIA E HISTORIA E LAS CIENCIAS SOCIALES

IS43 – PROF HISTORIA – Epistemología e Historia de las Ciencias Sociales – 3° AÑO.docx – Isfdyt 43 Lobos

PROFESORADO DE EDUCACION SECUNDARIA EN HISTORIA – 4° AÑO

ESPACIO DE DEFINICION INSTITUCIONAL (EDI) 

IS43 – PROF HISTORIA – ESPACIO DE DEFINICIÓN INSTITUCIONAL-4° año.docx – Isfdyt 43 Lobos

HISTORIA ARGENTINA SIGLO XX

IS43 – PROF HISTORIA – HISTORIA ARGENTINA (SIGLO XX)-4° año.docx – Isfdyt 43 Lobos

HISTORIA MUNDIAL SIGLO XX 

IS43 – PROF HISTORIA – HISTORIA MUNDIAL (SIGLO XX)-4° año.docx – Isfdyt 43 Lobos (1)

INVESTIGACION HISTORICA II

IS43 – PROF HISTORIA-INVESTIGACIÓN HISTÓRICA II-4° año.docx – Isfdyt 43 Lobos (1)

 

PROFESORADO DE EDUCACION SECUNDARIA EN QUIMICA

PROFESORADO DE EDUCACION SECUNDARIA EN QUIMICA – 4° AÑO

ESPACIO DE DEFINICION INSTITUCIONAL (EDI)

IS43 – PROF QUIMICA – ESPACIO DE DEFINICIÓN INSTITUCIONAL – 4° año.docx – Isfdyt 43 Lobos

 

Para más información

https://isfdyt43-bue.infd.edu.ar/

Prof. Lucrecia Arijó – SAD – Lobos – Región 24

EMERGENCIA SECUNDARIA: GEOGRADIA GGF

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos, llama a inscripción para la confección de los listados de Emergencia en la Dirección de Educación Secundaria por Disposición 67/2017 DPETP de la siguiente materia:

  • GEOGRAFÍA (GGF)

CRONOGRAMA PREVISTO

Difusión: 18/03/2025 al 20/03/2025

Inscripción: 20/03/2025 al 26/03/2025

 

Los interesados deberán presentar:

  • Declaración Jurada  FINES-EMERGENCIA 
  •  DNI escaneado
  • Título secundario registrado en el Consejo Escolar
  • Títulos terciarios y/o universitarios (si es que presentan) registrados en consejo escolar,
  • Constancia de alumno regular que no exceda los 30 días de antigüedad y porcentaje de materias actualizada al momento de la inscripción.
  • Copia de cursos, capacitaciones, específicos del cargo/módulos/horas cátedras a las que aspira.
  • Formulario 354 con desempeños certificados por autoridad competente

Toda la documentación original escaneada

Los interesados deberán inscribirse en el link

https://forms.gle/gT15ZBZms2qrzh2UA

(Disponible según el cronograma de Inscripción)

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

una vez completaste el formulario con tus datos, al pie, encontraras la opción

 

para adjuntar la documentación escaneada

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

Prof. Lucrecia Arijo – SAD – Lobos – Región 24

dgcye-disposicion-67-2017-listados-emegencia-secundaria

EMERGENCIA ARTÍSTICA CARGO MED

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos cumple en convocar a Inscripción de aspirantes para confirmar listado de Emergencia  según disposición 51/2023 de la Dirección de Educación Artística.

 

Cargo a Cubrir:  Maestro de Expresión Dramática    MED

Cronograma 

Difusión:  11/03/2025 al 13/03/2025

Inscripción:  14/03/2025 al 18/03/2025

Documentación a presentar:

  • Declaración Jurada  FINES-EMERGENCIA 
  •  DNI escaneado
  • Título secundario registrado en el Consejo Escolar
  • Títulos terciarios y/o universitarios (si es que presentan) registrados en consejo escolar,
  • Constancia de alumno regular que no exceda los 30 días de antigüedad y porcentaje de materias actualizada al momento de la inscripción.
  • Copia de cursos, capacitaciones, específicos del cargo/módulos/horas cátedras a las que aspira.
  • Formulario 354 con desempeños certificados por autoridad competente

Toda la documentación original escaneada

Los interesados deberán inscribirse en el link

https://forms.gle/WxAhPSVW9phRH3E97

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

una vez completaste el formulario con tus datos, al pie, encontraras la opción

 

para adjuntar la documentación escaneada

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

 

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

DISPO-2023-51-GDEBA-DEARDGCYE

Prof. Lucrecia Arijo – SAD – Lobos – Región 24

FINES 2025

FINES 2025

FECHA DE PUBLICACIÓN   

11 de Marzo a las 12:00 hs.

FECHA DE CIERRE DE POSTULACIONES

Jueves 13 de Marzo a las 10:30 hs.

Las postulaciones docentes comenzarán a partir del día martes 11 de marzo a las 12 hs, hasta el día jueves 13 de marzo hasta las 10:30 hs. 

En las mismas, los docentes podrán visualizar los puntajes que corresponden a FINES LISTADO 1 (LISTADO 2025) y FINES LISTADO 2 (LISTADO 2025). En el caso de los Listados de Emergencia para el Nivel Secundario DEJAyAM, los mismos serán verificados por cada Secretaría de Asuntos Docentes al momento de cada designación.

DESARROLLO DE LA CURSADA:
Desde el 17/03/2025 hasta 18/07/2025

Pautas Listado de Emergencia para el Nivel Secundario DEJAyAM

 

Prof. Lucrecia Arijó – SAD – Lobos – Región 24

 

 

 

 

LISTADOS DE EMERGENCIA DE PRECEPTORES 2025 DE EDUCACIÓN SUPERIOR SEGÚN DISPOSICIÓN FIRMA CONJUNTA 02/2018

Secretaría de Asuntos Docente de Lobos cumple en convocar a inscripción de aspirantes para conformar listado de Emergencia de Preceptores de Educación Superior según Disposición firma conjunta 02/2018 de la Dirección de Educación Superior.

 

Los interesados deberán inscribirse en el link

https://forms.gle/Z5ck6pDrkkU8hRtY9

 

(Disponible según el cronograma de inscripción)

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

Una vez completaste el formulario con tus datos, al pie, encontrarás la opción

para adjuntar la documentación escaneada

 REQUISITOS:

  • TITULO HABILITANTE

DOCUMENTACION A PRESENTAR:

CRONOGRAMA  PREVISTO

DIFUSIÓN: 10/03/2025 al 14/03/2025

INSCRIPCIÓN:  17/03/2025 al 21/03/2025

     

IF-2018-07206570-GDEBA-DSFDIDGCYE-PR2018

DI-2018-07337091-GDEBA-DPETPDGCYE-PR2018

DI-2018-17289358-GDEBA-DSFDIDGCYE                   

 

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

 

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del En los distritos en que no sea viable el registro de los títulos, por encontrarse cerrado el Consejo Escolar correspondiente, se considerará a todos los efectos la Declaración Jurada del docente.

Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento,
si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con
carácter definitivo sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el
contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo
para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se
encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

Prof. Lucrecia Arijó – SAD – Lobos – Región 24

PASOS A SEGUIR PARA LA INSCRIPCIÓN DEL CONCURSO TITULARES INSPECTORES DE PSICOLOGÍA COMUNITARIA Y PEDAGOGÍA SOCIAL

DIFUSIÓN DE RESOLUCIÓN Y DISPOSICIÓN DE CONCURSO DE TÍTULOS, ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN  PARA LA COBERTURA  DE CARGOS  TITULARES DE  INSPECTORES DE PSICOLOGÍA COMUNITARIA Y  PEDAGOGÍA SOCIAL.

 

TE ORIENTAMOS 

CON LOS PASOS 

DE LA INSCRIPCIÓN 

1)  Leé toda la NORMATIVA

RESOC-2024-4640-GDEBA-DGCYE Y ANEXOS

DISPO-2025-1-GDEBA-DTCDGCYE Y ANEXO CRONOGRAMA  

ARTÍCULO 5°. Establecer que las y los aspirantes que se postulen, deberán reunir las condiciones generales para los ascensos, y específicas para el cargo al que se convoca, las cuales se consignan en los Anexos 3 y 4, obrando como A3 IF-2024-32755929-GDEBA-DTCDGCYE  e A4 IF-2024-29539922-GDEBA-DTCDGCYE respectivamente, los cuales pasan a formar parte integrante de la presente resolución, y constan de cuatro (4) y una (1) páginas.

Condiciones exigidas Entre otras:

  • ARTÍCULO 80° DEL ESTATUTO DEL DOCENTE (Ley N° 10579) y MODIFICATORIAS (N° 10614, N° 10639 Y N° 10473).

a) Ser titular de Nivel y/o Modalidad en la que desea concursar o  pertenecer a las Modalidades de Educación Física, Artística o  Psicología Comunitaria y Pedagogía Social, con desempeño titular, en el Nivel que aspira.

  • ARTICULO 82° Decreto N° 2485/92, modificado por Decreto N° 441/95, Reglamentación del Estatuto del Docente

El Tribunal de Clasificación, al efectuar la selección de aspirantes, además de las condiciones generales para los ascensos, tendrá en cuenta los requisitos específicos de antigüedad Docente de gestión
pública mínima con carácter de titular, provisional y/o suplente de la provincia de Buenos Aires en los distintos cargos que se consignan: A. Ítem V del inciso a), diez (10) años.

  • Resolución N° 1277/99: antigüedad docente en servicios de educación privada reconocidos por la Dirección General de Cultura y Educación a todos los efectos estatutarios

ARTÍCULO 6°. Establecer que la Dirección de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social desarrollará, para las y los aspirantes cuya inscripción quede confirmada, una propuesta formativa destinada a fortalecer aspectos teórico-conceptuales, metodológicos e instrumentales propios del proceso evaluativo.

ARTÍCULO 7°. Determinar que la propuesta formativa mencionada en el artículo precedente deberá desarrollarse una vez que se consolide el listado de inscriptas/os en todos los distritos y antes que se dé inicio a la primera instancia.

ARTÍCULO 8°. Aprobar el temario para las pruebas de oposición con su especificación bibliográfica que obra como Anexo 5  A5 IF-2024-30024245-GDEBA-DTCDGCYE  pasando a formar parte integrante de la presente resolución.

2) Mirá el cronograma 

DISPO-2025-1-GDEBA-DTCDGCYE Y ANEXO CRONOGRAMA

Difusión y notificación 

20 días hábiles

17/02/2025 al 18/03/2025

Inscripción

10 días hábiles

19/03/2025 al 04/04/2025

Elevación de notificación

3 días hábiles

07/04/2025 al 09/04/2025

Conformación de listado

30 días hábiles

10/04/2025 al 27/05/2025

Exposición de listado

5 días hábiles

28/05/2025 al 03/06/2025

Presentación de Recursos

10 días hábiles

04/06/2025 al 18/06/2025

Tratamiento y respuesta de recursos

10 días hábiles

19/06/2025 al 03/07/2025

 

3) Descargá las planillas 

https://abc.gob.ar/secretarias/areas/subsecretaria-de-educacion/tribunales-de-clasificacion/tribunales-de-clasificacion/concurso

4) Prepará la DOCUMENTACIÓN 

Toda solicitud deberá estar acompañada de

 DNI Escaneado

 Constancia de antigüedad, Calificación y Desempeño, firmada por autoridades competentes a fin de acreditar los antecedentes del cargo titular por el cual solicita el ascenso.

Planilla de inscripción PCYPS

IMPORTANTE:  tanto la INSCRIPCIÓN ASPIRANTE A CARGOS DIRECTIVOS como la CONSTANCIA DE ANTIGÜEDAD, CALIFICACIÓN Y DESEMPEÑO se encuentran en un único archivo.

 Disposiciones de desempeño de cargo transitorio (Decreto N° 252/06)

 Otra documentación probatoria que considere necesaria.

5) Escaneá los archivos adicionales 

Dicha documentación deberá adjuntarse

en archivo jpg o pdf 

¿No sabés cómo hacerlo?

te damos una manito !mira!  

 

 

 

 “La planilla de inscripción tiene carácter de DDJJ, por lo cual es responsabilidad del docente la veracidad de los datos consignados en la misma, pudiendo su falsedad dar lugar a la sustanciación de las acciones que correspondan por incumplimiento de las obligaciones que surgen del artículo 6 del Estatuto del Docente – Ley Nº 10579/87 modificatorias y reglamentación

 Se deberá completar utilizando un procesador de texto, dado que la legibilidad de los datos consignados es de exclusiva responsabilidad del solicitante. Podrá incluir una firma escaneada y pegada o en su defecto deberá guardar el archivo e imprimir para luego consignar la firma ológrafa (de puño y letra), escanear y guardar como archivo jpg o pdf, legible y completo.

 

¡Iniciá la Inscripción!

6) Entrá en la plataforma abc 

La inscripción deberá realizarse a través del aplicativo
correspondiente del portal ABC, al cual el /la docente accederá con su usuario y contraseña.
En “Inscripciones y acciones estatutarias” encontrará un aplicativo específico para. 

¿CÓMO INGRESAR AL APLICATIVO DE “INSCRIPCIONES Y ACCIONES ESTATUTARIAS” EN LA NUEVA PLATAFORMA DE ABC?

En dicho aplicativo, aparecerán los datos personales y podrá adjuntar la documentación correspondiente a

(Esto  lo preparaste en el paso 4 )

 DNI Escaneado

 Constancia de antigüedad, Calificación y Desempeño, firmada por autoridades competentes a fin de acreditar los antecedentes del cargo titular por el cual solicita el ascenso.

 Planilla de inscripción 

IMPORTANTE:  tanto la INSCRIPCIÓN ASPIRANTE A CARGOS DIRECTIVOS como la CONSTANCIA DE ANTIGÜEDAD, CALIFICACIÓN Y DESEMPEÑO se encuentran en un único archivo.

 Disposiciones de desempeño de cargo transitorio (Decreto N° 252/06)

 Otra documentación probatoria que considere necesaria.

 

Para ello, deberá subir los archivos correspondientes a la planilla y a la documentación, los cuales deberán estar en los formatos jpg o pdf.

7) ¡Al finalizar la Inscripción!

Deberás obtener el comprobante de inscripción,

presionando el botón

“imprimir comprobante”.

 

Quien se inscriba deberá tener en cuenta que una vez realizada la inscripción podrá modificar los datos ingresados y reemplazar los archivos que se adjuntaron si fuera necesario únicamente dentro del período de inscripción.
Si realiza varias modificaciones se tomará como válida la última información ingresada. Se recomienda que la/el docente verifique la calidad de los archivos para que los mismos sean legibles por los organismos intervinientes.

Aclaración: En los casos que al aspirante se le presenten inconvenientes para realizar la inscripción a través del aplicativo, deberá comunicarse a
concursopcyps@abc.gob.ar utilizando su correo electrónico abc.

 

8) ¡No anda!  ¿qué puede pasar? 

Verificá el peso de los archivos 

mirá acá lo que puede pasar con la carga de los archivos

 

9) ¿Dudas?

sad061pdeseleccion@abc.gob.ar

 

Normativa

DISPO-2025-1-GDEBA-DTCDGCYE Y ANEXO CRONOGRAMA

  RESOC-2024-4640-GDEBA-DGCYE Y ANEXOS

DISPO-2025-7-GDEBA-DTCDGCYE y Anexo

Prof. Lucrecia Arijó – SAD – Lobos – Región 24

PRUEBAS DE SELECCIÓN 2025 DIRECTORES/AS TRANSITORIOS

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos convoca a inscripción para las pruebas de Selección que a continuación se detallan:

DIRECTORES:

CE-D- ARTISTICA- ESTÉTICA

CE-D-INICIAL

CE-D-PRIMARIA – DIRECTOR

CE-D-EFI

  • DISPO-2025-117-GDEBA-SSEDGCYE – PS 2025 DIRECTORES ESPECIAL

CE-D- ESPECIAL

CE-D-PSICOLOGIA PC Y PS

CE-D-ADULTOS-CENS

CE-D-TÉCNICA

 

CE-D-ADULTOS- EEPA

COMISIONES EVALUADORAS ZONALES – DIRECTORAS_ES 2025 – AGRARIA

COMISIONES EVALUADORAS ZONALES – DIRECTORAS_ES 2025 – SUPERIOR INICIAL

COMISIONES EVALUADORAS ZONALES – DIRECTORAS_ES 2025 – FORMACIÓN PROFESIONAL

COMISIONES EVALUADORAS ZONALES – DIRECTORAS_ES 2025 – SUPERIOR TÉCNICA

INSCRIPCIÓN :

 

Para esto tenga en cuenta

En la opción PAD (Puntaje Anual Docente) indicar sólo valores numéricos.

Si el PAD es con decimales, utilizar en la separación punto.

Ejemplo 480.36

No utilice la coma: 480,36

Tampoco utilice valores alfabéticos para indicar “SIN PUNTAJE”

Utilice la opción numérica 0

También es importante

Si no encontrás ningún cargo disponible, o los consignados tuvieran errores, deberás informarlo en el campo de texto OBSERVACIONES, al final de la inscripción. 

Cronograma:

Difusión y notificación: 06/03/2025al  12/03/2025

Inscripción: 13/03/2025 al 17/03/2025

Planilla de Inscripción de las/los aspirantes, que consta de tres (3) hojas y forma parte integrante del presente cuerpo.

La inscripción se realizará on line en la página www.abc.gob.ar o a través de las SAD de cada distrito.

Inicio de Pruebas: desde el 03/04/2025

Prof. Lucrecia Arijó  SAD – Lobos – Región 24

EMERGENCIAS EDUCACIÓN SECUNDARIA/TÉCNICO PROFESIONAL: PLG – LIT –CA2

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos, llama a inscripción para la confección de los listados de Emergencia en la Dirección de Educación Secundaria por Disposición 67/2017 DPETP de las siguientes materias:

  • PRÁCTICAS DEL LENGUAJE (PLG)
  • LITERATURA (LIT)
  • LENGUAJE COMPLEMENTARIO DE LAS ARTES VISUALES : MÚSICA (CA2)

CRONOGRAMA PREVISTO

Difusión: 05/03/2025 al 07/03/2025

Inscripción: 10/03/2025 al 12/03/2025

Los interesados deberán presentar:

  • Declaración Jurada  FINES-EMERGENCIA 
  •  DNI escaneado
  • Título secundario registrado en el Consejo Escolar
  • Títulos terciarios y/o universitarios (si es que presentan) registrados en consejo escolar,
  • Constancia de alumno regular que no exceda los 30 días de antigüedad y porcentaje de materias actualizada al momento de la inscripción.
  • Copia de cursos, capacitaciones, específicos del cargo/módulos/horas cátedras a las que aspira.
  • Formulario 354 con desempeños certificados por autoridad competente

Toda la documentación original escaneada

 

Los interesados deberán inscribirse en el link 

(Disponible según el cronograma de Inscripción)

https://forms.gle/TRmqAgFzL37U2mHE9

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

una vez completaste el formulario con tus datos, al pie, encontraras la opción

 

para adjuntar la documentación escaneada

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

Prof. Lucrecia Arijo – SAD – Lobos – Región 24

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